100. No se puede ofrecer un animal recibido como pago a una ramera o como precio por un perro (Dt. 23:18)
" No traerás la paga de una ramera ni el precio de un perro a la casa de Jehová tu Dios por ningún voto; porque abominación es a Jehová tu Dios tanto lo uno como lo otro”
Como
parte del pacto que en su momento Dios estableció con su pueblo, dicto normas
relativas a los holocaustos, primicias, ofrendas, y sacrificios, estableciendo
muy en claro no solo qué se permitía, sino incluso cómo. Sobre esto último, el
cómo, señaló que, incluso en aquello que fue se permitido a ofrecer, no podía
considerarse como aceptable lo que se le hubiese pagado por ciertos servicios,
sobre todo sexuales, denigrantes, pecaminosos o inmorales, expresado ello como “la
paga de una ramera ni el precio de un perro”.
En
esta cita, "la paga de una ramera" se refiere a las ganancias o el
dinero obtenido a través de la prostitución femenina, por su parte la expresión
"precio de un perro" se refiere simbólicamente a las ganancias
obtenidas de la prostitución masculina o sodomía cultual. El pasaje indica que este dinero no podía ser
llevado al santuario ni entregado como ofrenda, ya que es considerado una
"abominación" para Dios.
Para
comprender el significado completo y el contexto, es útil analizar dos aspectos
clave: Primero, el rechazo a las ganancias inmorales: El mandato enseña que
Dios no acepta fondos que provengan de prácticas inmorales o de la explotación
humana. Se buscaba proteger la pureza del culto, dejando claro que Dios no
puede ser "comprado" ni honrado con dinero manchado por el pecado.
Segundo,
el contexto de la prostitución de culto: El versículo prohíbe tanto "la
paga de una ramera" como "el precio de un perro". En la Escritura,
el término ramera o prostituta describe el intercambio de favores sexuales por
dinero. De igual forma, en el lenguaje
bíblico original y en el contexto de las culturas paganas de la antigüedad, el
término perro era una referencia despectiva a un prostituto masculino o
prostituto de culto. Las religiones cananeas y circundantes a menudo integraban
la prostitución (tanto masculina como femenina) como parte de sus ritos
idolátricos en los templos. El pasaje, por lo tanto, es una prohibición
estricta contra el uso de ingresos obtenidos a través de la prostitución
sagrada o el comercio sexual para financiar el templo o las ofrendas del Dios
de Israel.
Por
ejemplo, carneros, ovejas y cabritos eran animales aceptos para los holocausto,
primicias, ofrendas y sacrificios, pero si esos animales habían sido obtenidos como
contraprestación por servicios sexuales como los mencionados, femeninos o masculinos,
nomás por ese hecho no eran aceptos para presentarlos en el Templo.
Ahora
bien, tanto ramera como perro, en cuanto a prostitución, de manera figurada o
simbólica, representa la infidelidad espiritual, la idolatría y la corrupción
de los sistemas políticos y religiosos, de esta forma, para la iglesia de Dios,
quien es más que evidente entiende la prohibición de la práctica natural de la prostitución,
tiene un alcance espiritual referido a que no es permisible pretender presentar
ante Dios aquellas cuestiones que, si bien pudiesen ser aceptables, surgen de concesiones
ante el Enemigo, el Mundo o la Carne.
Por
ejemplo, los diezmos. El diezmo es algo establecido por Dios, vigente todavía, y
surge de entregarle la décima parte de las ganancias, pero, suponiendo, esa décima
parte se calcula sobre los servicios prestados el día de reposo, el séptimo día
de la semana, el sábado, es un ingreso que proviene de una violación a las normas
divinas por lo que, aunque la norma es válida –diezmo-, la fuente de la misma no,
por lo que una contamina a la otra.
De
igual forma podemos ubicar muchas cuestiones del Enemigo, el Mundo o la Carne, que,
si bien pudiesen generar algo que normativamente sea acepto a Dios, dado que la
fuente está contaminada, el fruto de ello también lo estará.
El
mandamiento contemplado en las leyes mosaicas de que no se puede ofrecer un
animal recibido como pago a una ramera o como precio por un perro, sigue
vigente más sin embargo espiritualizado refiriéndose a que no es permisible
pretender presentar ante Dios aquellas cuestiones que, si bien pudiesen ser aceptables,
surgen de concesiones ante el Enemigo, el Mundo o la Carne, conforme
a la voluntad del Padre y para Su mayor gloria en Cristo Jesús.

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