128. Se debe separar un segundo diezmo y comerlo sólo en Jerusalén (Dt. 14:22)
“Indefectiblemente
diezmarás todo el producto del grano que rindiere tu campo cada año”
Como
parte del pacto que Dios había hecho con su pueblo, estaba la normativa
referida a los diezmos. Respecto de esto aparte del diezmo normal que debía
darse de todo producto y el cual iba para los Levitas, tal como señala Números
18:24, existía otro diezmo, este anual, que era para uno mismo pero que debía
guardarse y llevarse a Jerusalén para disfrutar de él durante las fiestas.
Deuteronomio
14
22 Indefectiblemente diezmarás todo el producto
del grano que rindiere tu campo cada año. 23 Y comerás delante de
Jehová tu Dios en el lugar que él escogiere para poner allí su nombre, el
diezmo de tu grano, de tu vino y de tu aceite, y las primicias de tus manadas y
de tus ganados, para que aprendas a temer a Jehová tú Dios todos los días. 24 Y si el camino fuere tan largo que no
puedas llevarlo, por estar lejos de ti el lugar que Jehová tu Dios hubiere
escogido para poner en él su nombre, cuando Jehová tu Dios te bendijere, 25 entonces lo venderás y guardarás el
dinero en tu mano, y vendrás al lugar que Jehová tu Dios escogiere; 26 y darás el dinero por todo lo que
deseas, por vacas, por ovejas, por vino, por sidra, o por cualquier cosa que tú
deseares; y comerás allí delante de Jehová tu Dios, y te alegrarás tú y tu
familia. 27 Y no desampararás al
levita que habitare en tus poblaciones; porque no tiene parte ni heredad
contigo.
Si
bien Deuteronomio 14:22 señala “indefectiblemente diezmarás todo el producto del grano
que rindiere tu campo cada año”, el mismo no estaba circunscrito
exclusivamente a las cuestiones agrícolas pues muchos en Israel tenían otro
tipo de profesiones (carpinteros, tejedores, etc.) que si se aplicase así la
norma prácticamente los exentaría de dar cualquier diezmo.
Ahora bien, la parte medular de la
ley relativa al diezmo
estriba sin duda alguna en determinar si la misma sigue siendo vigente, válida
y por ende observable. Tal como se comentó, la ley relativa al diezmo forman parte de una normativa
previamente existente a las leyes mosaicas así que no forman parte de las leyes
añadidas que por lo mismo tendrían una
temporalidad, pero de igual forma, y con mayor contundencia de esa vigencia,
validez y observancia, podemos encontrar referencias escriturales que permiten
concluir esto.
Pero antes de pasar a esto hay que
señalar que las conclusiones respecto del diezmo que ya se vieron las
que sus detractores usan para argumentar la no vigencia, ni validez y por lo
tanto no observancia del mismo en la actualidad, ¿por qué? (1) porque el diezmo se
daba de
la tierra, así de la simiente de la tierra como del fruto de los árboles lo
cual incluía diezmo de vacas o de ovejas,
de todo lo que pasa bajo la vara (Levítico 27:30-32) así como del grano, de tu vino y de tu aceite,
así que quienes no se dedica a esas actividades no podrían en estricto sentido
de la Escritura cumplir la ordenanza, (2)
porque los diezmos eran para el sostenimiento del servicio en el Templo de los
Levitas (Números 18:21-24), siendo que si en la
actualidad no hay Templo ni Levitas en estricto sentido de la Escritura no
puede cumplirse esto; (3) por que la normativa señala que los Levitas a su vez
tenían que diezmar al sacerdocio aarónico de los diezmos recibidos (Números
18:26; Nehemías 10:38), siendo que si en la actualidad no hay Templo ni Levitas
en estricto sentido de la Escritura no puede cumplirse esto; (4) por que el
diezmo tenía que traerse al lugar que
Jehová vuestro Dios escogiere de entre todas vuestras tribus, para poner allí
su nombre para su habitación (Deuteronomio
12:5-6), en este caso al Templo de Jerusalén, siendo que al no estar en pie el
Templo de Jerusalén los diezmos no pueden llevarse y por lo tanto no puede
cumplirse esta parte de la Escritura; y (5) porque, dado que aparte del diezmo
anterior, había otros dos diezmos: uno que se apartaba cotidianamente de tu grano, de tu vino y de tu aceite, y
las primicias de tus manadas y de tus ganados para usarse sea en efectivo o
en especie en las fiestas a las que anualmente la Ley convocaba en Jerusalén
para comer delante de Jehová tu Dios, y
te alegrarás tú y tu familia; el otro diezmo era cada tres años y era para el levita, que no tiene parte ni heredad
contigo, y el extranjero, el huérfano y la viuda (Deuteronomio 14:22-29;
Deuteronomio 26:12-15); al no estar en la actualidad las condiciones para ello
no puede cumplirse la Escritura en cuanto a lo que aquí establece.
¿Qué
puede decirse ante estas argumentaciones? Simplemente ¡que tienen razón! Así
es, tienen toda la razón en cuanto a lo que señalan como contra-argumento
respecto de los diezmos tal como está establecido en las leyes mosaicas, el
problema es que esa normativa es adicional, añadida, siendo que existía una
normativa previa, y por lo tanto permanente, que al quedar sin efecto las leyes
mosaicas no se afecta aquella original sino que al contario se restaura en su
forma primigenia.
Pero
antes de abordar esto veamos lo siguiente. En los evangelios, Cristo, al tratar
el tema del diezmo señaló: “¡Ay de vosotros, escribas y fariseos, hipócritas!
porque diezmáis la menta y el eneldo y el comino, y dejáis lo más importante de
la ley: la justicia, la misericordia y la fe. Esto era necesario hacer, sin dejar de hacer aquello” (Mateo
23:23), si la justicia, la misericordia y la fe es algo que aún el cristiano
debe practicar, es lógico considerar que lo otro que no debía dejarse de hacer,
el diezmo, de igual forma sigue vigente. Esto estaría en consonancia con lo que
Jesús dijo respecto de devolver lo que le pertenece a Dios: “Dad, pues, a César
lo que es de César, y a Dios lo que es de
Dios” (Mateo 22:21), si se descarta la ley relativa al diezmo, ¿en qué
parte de la Escritura se encontraría alguna normativa vigente y permanente,
clara y obligatoria, para contribuir de manera constante para las obra
encomendada por Dios a Su iglesia? Con todo y todo, tal vez alguien pueda
aceptar que en tiempos de Jesús, antes de Su sacrificio redentor, la ley del
diezmo estaba vigente, pero no así después de su muerte y resurrección, así que
vayamos varias décadas después de ello para ver la doctrina que se enseñaba en
la iglesia de Dios y comprender lo relativo a este tema.
Retomando
la cuestión de la existencia previa a las leyes mosaicas de la ley relativo al
diezmo, la cuestión de los dos sacerdocios y las dos leyes fue algo que se
desarrolló al inicio de la presente obra pues su comprensión es requerida para
entender la cuestión relativa tanto a las leyes dietéticas como a la ley
relativa al diezmo. Esto es importante tenerlo en mente ya que tanto las leyes
dietéticas como la relativa al diezmo pertenecen a una normativa pre-existente
a las leyes mosaicas, en ese sentido dichas normas, vigentes desde el inicio de
la humanidad, al no poderse cancelar por ser permanentes, fueron reconocidas en
las leyes mosaicas añadiéndosele directrices que fuesen acorde con el grueso de
la legislación, pero al ser superadas esas leyes mosaicas lo único que fue
cancelado es lo añadido, quedando lo primigenio en su espíritu original, en
este entendido, ¿tenemos nociones del diezmo previo a las leyes mosaicas?, ¿en
qué sentido?, de igual forma ¿el Nuevo Testamento cancela o refrenda esta
obligación?
Génesis 14:17-24
17 Cuando
volvía de la derrota de Quedorlaomer y de los reyes que con él estaban, salió
el rey de Sodoma a recibirlo al valle de Save, que es el Valle del Rey.
18 Entonces Melquisedec, rey de Salem y sacerdote del Dios
Altísimo, sacó pan y vino;
19 y le bendijo, diciendo: Bendito sea Abram del Dios Altísimo,
creador de los cielos y de la tierra;
20 y bendito sea el Dios Altísimo, que entregó tus enemigos en tu
mano. Y le dio Abram los diezmos de todo.
21 Entonces
el rey de Sodoma dijo a Abram: Dame las personas, y toma para ti los bienes.
22 Y
respondió Abram al rey de Sodoma: He alzado mi mano a Jehová Dios Altísimo,
creador de los cielos y de la tierra,
23 que desde
un hilo hasta una correa de calzado, nada tomaré de todo lo que es tuyo, para
que no digas: Yo enriquecí a Abram;
24 excepto
solamente lo que comieron los jóvenes, y la parte de los varones que fueron
conmigo, Aner, Escol y Mamre, los cuales tomarán su parte.
En
los versículos remarcados se evidencia la observancia de lo que se conoce como
el diezmar, dar la décima parte de lo que uno obtiene cientos de años antes de
las leyes mosaicas añadidas, pero ¿cómo podemos estar seguros que se trataba de
una legislación como tal previa a las leyes mosaicas?
Reflexionando
sobre este pasaje Pablo escribiendo alrededor del año 60-65 d.C., es decir, más
de treinta años después de la muerte, resurrección y ascensión al cielo de
Jesus, a los Hebreos señala:
Hebreos
7:1-10
1 Porque este Melquisedec, rey de
Salem, sacerdote del Dios Altísimo, que salió
a recibir a Abraham que volvía de la derrota de los reyes, y le bendijo,
2 a quien asimismo dio Abraham los
diezmos de todo; cuyo nombre significa primeramente Rey de justicia, y
también Rey de Salem, esto es, Rey de paz;
3 sin padre, sin madre, sin genealogía; que ni tiene principio de días, ni
fin de vida, sino hecho semejante al Hijo de Dios, permanece sacerdote para
siempre.
4 Considerad, pues, cuán grande era éste, a quien aún Abraham el patriarca dio diezmos del botín.
5 Ciertamente los que
de entre los hijos de Leví reciben el sacerdocio, tienen mandamiento de tomar
del pueblo los diezmos según la ley, es decir, de sus hermanos, aunque
éstos también hayan salido de los lomos de Abraham.
6 Pero aquel cuya
genealogía no es contada de entre ellos, tomó de Abraham los diezmos, y bendijo
al que tenía las promesas.
7 Y sin discusión
alguna, el menor es bendecido por el mayor.
8 Y aquí ciertamente reciben los
diezmos hombres mortales; pero allí, uno de quien se da testimonio de que vive.
9 Y por decirlo así, en Abraham pagó
el diezmo también Leví, que recibe los diezmos;
10 porque aún estaba en los lomos de su padre cuando Melquisedec le salió
al encuentro.
Recordemos
de nuevo la cita de Isaías 8:16: “Ata el testimonio, sella la ley entre mis
discípulos”, es así lo señalado en Génesis
14:17-24 debe ser comprendido a cabalidad de cara a lo explicado en
Hebreos 7:1-10.
Siguiendo
esa comprensión que Hebreos 7:1-10 nos permite tener de Génesis 14:17-24 podemos establecer lo siguiente:
Lo
primero y más importante a considerar, aquello que permite entender cómo es que
el diezmo formaba parte de una legislación previa a las leyes mosaicas, es que
Pablo establece una equivalencia entre ambos diezmos, es decir, entre el que
dio Abraham a Melchisedec y los que recibían los Levitas del Templo. Esto es
importante ya que quienes señalan que la ley relativa al diezmo no está vigente
analizan de manera aislada Génesis 14:17-24 para concluir que lo que dio Abraham
fue un diezmo diferente en el sentido que no formaba parte de legislación
alguna, es decir, no era obligatorio normativamente hablando por lo que aquel
diezmo fue espontáneo. De nuevo, a la luz de lo expuesto por Pablo se ve la
equivalencia de ambos diezmos, de otra forma Pablo se hubiese referido a esto
como una ofrenda, regalo o dádiva, figuras que también estaban en las leyes
mosaicas, no como el diezmo el cual tiene la característica peculiar que forma
parte intrínseca de una legislación establecida y por lo tanto obligatoria.
Esta equivalencia es notoria en los
versículos 5 y 6 y 8 y 9 que señalan “ciertamente los que de entre los hijos de Leví reciben el sacerdocio,
tienen mandamiento de tomar del pueblo los diezmos según la ley, es decir,
de sus hermanos, aunque éstos también hayan salido de los lomos de Abraham. Pero aquel cuya genealogía no es
contada de entre ellos, tomó de Abraham los diezmos, y bendijo al que tenía las
promesas” y “aquí ciertamente reciben los diezmos hombres
mortales; pero allí, uno de quien se da testimonio de que vive. Y por decirlo así, en Abraham pagó el diezmo también Leví, que
recibe los diezmos”. Así que la
equivalencia es más que aclara, en ambos casos se habla de diezmos, en ambos
casos existe una normativa que los hace obligatorio, en ambos casos deben
entregarse a las personas adecuadas para los fines adecuados.
Por cierto, y con relación a estas
ideas relativas a este primer punto, es interesante como es que Pablo en su
primer carta a los Corintios, escrita en 54-57 d.C., es decir casi treinta años después de la muerte,
resurrección y ascensión al cielo de Jesús, de nuevo establece una analogía que
permite entender la vigencia, validez y por ende observancia del diezmo:
1 Corintios 9:13-14
¿No sabéis que los que trabajan en
las cosas sagradas, comen del templo, y que los que sirven al altar, del altar
participan? Así también ordenó el Señor a los que anuncian el
evangelio, que vivan del evangelio.
Los
sacerdotes y levitas vivía de manera regular y constante por medio del diezmo,
no de las ofrendas y demás que tenían un carácter esporádico y en muchos casos
voluntario, lo cual no permitiría un flujo de recursos regular y constante para
el servicio del Templo, sino que su subsistencia estaba fundada en el diezmo,
de igual forma en esta cita Pablo de nuevo equipara ambos a aquellos sacerdotes
y levitas con quienes anuncian el Evangelio señalando que ambos deben vivir de
su trabajo relacionado, y de nuevo: lo único que genera un flujo regular
constante permanente que permite esto, en ambos sacerdocios, es el diezmo.
Como
segundo punto y no menos importante para ir determinando la vigencia, validez y
por lo tato observancia de la ley relativa al diezmo en la iglesia
neotestamentaria, si bien no va a repetirse en este apartado lo visto
anteriormente con relación a los dos sacerdocios y las dos leyes, debe tenerse
en cuenta sin embargo, aquello que ya se comentó previamente al respecto, es
decir, puede verse la reiteración que hace Pablo al señalar que el sacerdocio
de Melchisedec era superior al que posteriormente se establecería con Aharón y
los Levitas, siendo que si en aquel sacerdocio existía la normativa permanente
del diezmo, ésta vino a incorporarse en las leyes mosaicas siendo que cuando
éstas dejaron de tener vigencia, validez y observancia, lo añadido fue
eliminado, no así lo preexistente que era la cuestión de dar la décima parte de
lo que se obtuviera, el diezmo, pues.
Pero
extendiéndose en este tema, de manera reiterativa podemos continuar con los
versículos de Hebreos 7 posteriores a lo señalado anteriormente con respecto al
diezmo pues la exposición que Pablo hace, como ya se vio en el apartado de los
dos sacerdocios y las dos leyes, señala a Cristo restableciendo el sacerdocio
de Melchisedec, sólo que ahora de una manera eterna, con todas las regulaciones
y normativas que le son inherentes, incluyendo, obvio, los diezmos:
Hebreos
7:11-28
11 Si, pues,
la perfección fuera por el sacerdocio levítico (porque bajo él recibió el
pueblo la ley), ¿qué necesidad habría aún
de que se levantase otro sacerdote, según el orden de Melquisedec, y que no
fuese llamado según el orden de Aarón?
12 Porque cambiado el sacerdocio, necesario es que haya también
cambio de ley;
13 y aquel de quien se dice esto [Cristo], es de otra tribu, de la cual nadie sirvió
al altar.
14 Porque
manifiesto es que nuestro Señor vino de la tribu de Judá, de la cual nada habló
Moisés tocante al sacerdocio.
15 Y esto es aún más manifiesto, si a semejanza
de Melquisedec se levanta un sacerdote distinto,
16 no constituido conforme a la ley del mandamiento acerca de la
descendencia, sino según el poder de una vida indestructible.
17 Pues se da testimonio de él:
Tú
eres sacerdote para siempre,
Según
el orden de Melquisedec.
18 Queda,
pues, abrogado el mandamiento anterior a causa de su debilidad e ineficacia
19 (pues
nada perfeccionó la ley), y de la introducción de una mejor esperanza, por la
cual nos acercamos a Dios.
20 Y esto no
fue hecho sin juramento;
21 porque los otros ciertamente sin juramento fueron hechos
sacerdotes; pero éste, con el juramento del que le dijo:
Juró
el Señor, y no se arrepentirá:
Tú
eres sacerdote para siempre,
Según
el orden de Melquisedec.
22 Por tanto, Jesús es hecho fiador de un mejor pacto.
23 Y los otros sacerdotes llegaron a ser muchos, debido a que por la
muerte no podían continuar;
24 mas éste,
por cuanto permanece para siempre, tiene un sacerdocio inmutable;
25 por lo
cual puede también salvar perpetuamente a los que por él se acercan a Dios, viviendo
siempre para interceder por ellos.
26 Porque
tal sumo sacerdote nos convenía: santo, inocente, sin mancha, apartado de los
pecadores, y hecho más sublime que los cielos;
27 que no
tiene necesidad cada día, como aquellos sumos sacerdotes, de ofrecer primero
sacrificios por sus propios pecados, y luego por los del pueblo; porque
esto lo hizo una vez para siempre, ofreciéndose a sí mismo.
28 Porque la ley constituye sumos sacerdotes a débiles hombres; pero
la palabra del juramento, posterior a la ley, al Hijo, hecho perfecto para
siempre.
Aunque
se comentó esto en extensión y profundidad en el apartado relativo a las dos
leyes y los dos sacerdocios, debe quedar claro cómo es que previo a los pactos
abrahamánicos y las leyes mosaicas existía un sacerdocio, el de Melchisedec, en
el cual los sacerdocios, al igual que aarónico y levítico, era investido y
ejercía y el cual tenía sus regulaciones eternas, los Diez Mandamientos, y
permanentes, las leyes dietéticas y las relativas al diezmo, siendo que al establecerse
los pactos abrahamánicos y las leyes mosaicas dicho sacerdocio es interrumpido
por el aarónico y levítico hasta el advenimiento de la promesa, Cristo Jesus,
quien de nuevo reestablece el sacerdocio de Melchisedec dejando sin efecto todo
lo añadido en las leyes mosaicas pero no invalidando lo que desde antes fungía
como normas eternas, los Diez Mandamientos, y permanentes, las leyes dietéticas
y la relativa al diezmo.
Como
tercer y último punto, es interesante determinar la manera correcta de cumplir
este precepto, dado que lo que estipulaba la ley mosaica era que el diezmo se
entregaba sobre el grano, el vino y el
aceite, y las primicias de las manadas y de los ganados, pero como dicha ley ya
no tiene validez, ni vigencia y por ende no es observable, ¿sobre qué se
entrega el diezmo?
Génesis 14:20
y bendito sea el Dios
Altísimo, que entregó tus enemigos en tu mano. Y le dio Abram los diezmos de todo.
Hebreos
7:2
a
quien asimismo dio Abraham los diezmos de
todo; cuyo nombre significa primeramente Rey de justicia, y también
Rey de Salem, esto es, Rey de paz;
Así
que en la actualidad, el diezmo se da a la iglesia de Dios para la obra que le
ha sido encomendada, sobre todo lo que uno obtenga.
Ahora
bien, ¿existe alguna otra mención del diezmo previo a las leyes mosaicas? Si la
hay, ya la misma debe abordarse a la luz de la comprensión previa, de otra
forma, como pasa con muchos, el entendimiento de la misma se desvirtuaría.
La
Escritura sólo presenta otra ocasión en la cual el diezmo es mencionado previo
a las leyes mosaicas, curiosamente esta otra mención del diezmo confunde a
quienes sin el entendimiento previo que se ha comentado, abordan el tema desde
la concepción de la no vigencia, ni validez, ni observancia en la actualidad de
este precepto.
Un
hecho en la Escritura es que el conocimiento, la comprensión, se va
construyendo sobre lo que se va revelando. La Escritura no es una serie de
revelaciones sin conexión una con otra sino que toda forma un todo, “la suma de
tu palabra es verdad” (Salmos 119:160), por eso es sumamente importante
considerar la información que la Escritura va presentando a la luz de lo que
con la misma ya se ha ido comprendiendo.
Sobre
esta cita que menciona por segunda y última vez al diezmo previo a las leyes
mosaicas, ha de considerarse la información que se entrega a la luz de lo ya
comprendido respecto del diezmo.
Si
bien la primer mención del diezmo se vio aparece en Génesis 14:17-24,
la comprensión plena de dicha mención deviene de considérala cara a cara con lo
señalado en Hebreos 7:1-10. Del análisis que ya se hizo quedó claro que la
comparativa implica una equivalencia de términos ya que de otra forma Pablo
hubiese utilizado otra figura como ofrenda, oblación, etc. para referirse a lo
que Abraham dio a Melchisedec, pero la comparativa del diezmo levítico con lo
que Abraham dio a Melchisedec, nombrado de igual forma diezmo, implica que
ambos pertenecían a una normativa que lo regulaba como tal. Dicha normativa
implicaba en su base dar la décima parte de todo lo que se obtuviera y la misma
se daba a las personas encargadas de la administración religiosa de la fe del
Pueblo de Dios.
De
igual forma se comprendió que dicha normativa, al ser permanente, se incluyó en
lo que posteriormente sería conocido como leyes mosaicas, la cual, para ser
observada, se le añadieron regulaciones adicionales que al venir la Promesa
quedaron sin efecto, como el resto de las leyes mosaicas, manteniendo el
espíritu original de la norma.
Por
último, se estableció que la normativa original referida al diezmo, es decir,
la décima parte lo obtenido, lo que se producía, lo que se ganaba, era dada al
sacerdocio de Melchisedec, mientras que la disposición contemplada en las leyes
mosaicas, incluyendo las normas añadidas, era dada al sacerdocio aharónico y
levítico, este último sacerdocio interrumpió temporalmente al primero pero una
vez venida la Promesa el mismo fue reestablecido, siendo así que si aquel
primero incluía la normativa relativa al diezmo, al reestablecerse la misma
siguió en funciones sólo que ahora relacionada con el sacerdocio de Melchisedec
y bajo el espíritu de la norma original.
Este
es el conocimiento previo que deviene de considerar Génesis 14:17-24 a la luz
de Hebreos 7:1-10, y ambos a la luz de los dos sacerdocios y las dos leyes, con
todo y todo quienes abordan el tema del diezmo desde la perspectiva de su no
validez, ni vigencia, ni mucho menos observancia, analizan la cita que a
continuación se va a abordar de manera aislada para validar así su pensamiento,
con todo y todo e incluso en este caso, es decir, tomándola de manera aislada,
no hay elemento para considerar las conclusiones a las que llegan, a saber: que
antes de las leyes levíticas no había una normativa relativa al diezmo.
La
cita en cuestión está en Génesis 28:10-22
10 Salió,
pues, Jacob de Beerseba, y fue a Harán.
11 Y llegó a
un cierto lugar, y durmió allí, porque ya el sol se había puesto; y tomó de las
piedras de aquel paraje y puso a su cabecera, y se acostó en aquel lugar.
12 Y soñó: y
he aquí una escalera que estaba apoyada en tierra, y su extremo tocaba en el
cielo; y he aquí ángeles de Dios que subían y descendían por ella.
13 Y he
aquí, Jehová estaba en lo alto de ella, el cual dijo: Yo soy Jehová, el Dios de
Abraham tu padre, y el Dios de Isaac; la tierra en que estás acostado te la
daré a ti y a tu descendencia.
14 Será tu
descendencia como el polvo de la tierra, y te extenderás al occidente, al
oriente, al norte y al sur; y todas las familias de la tierra serán benditas en
ti y en tu simiente.
15 He aquí,
yo estoy contigo, y te guardaré por dondequiera que fueres, y volveré a traerte
a esta tierra; porque no te dejaré hasta que haya hecho lo que te he dicho.
16 Y
despertó Jacob de su sueño, y dijo: Ciertamente Jehová está en este lugar, y yo
no lo sabía.
17 Y tuvo
miedo, y dijo: ¡Cuán terrible es este lugar! No es otra cosa que casa de Dios,
y puerta del cielo.
18 Y se
levantó Jacob de mañana, y tomó la piedra que había puesto de cabecera, y la
alzó por señal, y derramó aceite encima de ella.
19 Y llamó
el nombre de aquel lugar Bet-el, aunque Luz era el nombre de la
ciudad primero.
20 E hizo
Jacob voto, diciendo: Si fuere Dios conmigo, y me guardare en este viaje en que
voy, y me diere pan para comer y vestido para vestir,
21 y si
volviere en paz a casa de mi padre, Jehová será mi Dios.
22 Y esta
piedra que he puesto por señal, será casa de Dios; y de todo lo que me dieres,
el diezmo apartaré para ti.
El
problema de esta cita es la parte final donde Jacob hace un voto señalando que
“Si fuere Dios conmigo, y me guardare en este viaje en que voy, y me diere pan
para comer y vestido para vestir, y si volviere en paz a casa de mi padre,
Jehová será mi Dios. Y esta piedra que
he puesto por señal, será casa de Dios; y
de todo lo que me dieres, el diezmo apartaré para ti” (versículos 20-22).
Los
detractores de la normativa del diezmo previa a las leyes mosaicas señalan que
esto es una evidencia de que el mismo, es decir el diezmo, no era una normativa
como vino a establecerse posteriormente en las leyes levíticas, a saber, algo
permanente referido a la décima parte de lo obtenido, lo que se producía, lo
que se ganaba, ¿por qué?, por la lectura, o más bien la interpretación, que
hacen del versículo 22 que señala que si Dios concede lo que Jacob espera entonces
él “de todo lo que [le] diere, el diezmo apartar[á] para [Dios]”.
La
lectura, de nuevo: más bien la interpretación de esto, lleva a los detractores
de la normativa del diezmo previa a las leyes mosaicas a señalar que dada la
manera en que esto está escrito señala más bien una promesa condicionada, algo
así como un compromiso mutuo, siendo que si fuese una norma de carácter
obligatorio no estaría sujeta a negociación.
Como
ya se comentó uno debe ir construyendo el conocimiento que la Escritura va
presentado conforma a la comprensión previa que va teniendo, siendo así esta
interpretación no es coherente con lo entendido previamente del análisis de
Génesis 14:17-24 y Hebreos 7:1-10, pero antes de pasar al entendimiento de esta
Escritura sobre la base de lo ya comprendido, ¿qué está de mal en el argumento
de los detractores de la normativa del diezmo previo a las leyes mosaicas?
Veamos.
Ellos
señalan que la redacción de la Escritura es condicionada, es decir, si Jacob
recibía ciertas cosas de Dios entonces, y sólo entonces, él, casi casi como
contraprestación le daría el diezmo de todo lo que le diere. En ese sentido,
argumentan los detractores de la normativa del diezmo previo a las leyes
mosaicas, dado que la figura del diezmo presentada aquí estaba sujeta a una
condición no podía tratarse de una norma obligatoria, en ese sentido no era
algo que Jacob obligatoria, rutinaria, y consuetudinariamente observase. De
nuevo ¿qué está mal con este razonamiento?, que el mismo se invalida a si mismo
si se le da continuidad a la argumentación en que se sustenta ya que si se
considera que la supuesta condicionante establecida en dicha Escritura de sólo
dar el diezmo si se obtenía lo esperado implicaba que el mismo, es decir el
diezmo, no era observado antes, entonces tendremos que aplicar la misma regla a
la otra parte de esa misma Escritura que señala en el versículo 21 que si Dios
concede a Jacob lo que espera entonces, y sólo entonces, “Jehová será [su]
Dios”, es decir, si la condición de dar diezmos sólo se cumplía si se obtenía
lo esperado por lo que antes no se diezmaba, entonces la condición de aceptar a
Jehová bajo la misma premisa, es decir, sólo si se obtenía lo que se esperaba,
implicaba que antes no se le tenía ni consideraba por Dios, pero esto nos lleva
a un absurdo donde Jacob se estaría dirigiendo a Alguien que no consideraba
Dios estableciendo condiciones bajo las cuales entonces, y sólo entonces, sí lo
consideraría. No tiene sentido.
Más
bien la idea es que Jacob conocía, entendía, comprendía y aceptaba a Jehová
como Su Dios, de esa forma la condicionante no tiene cabida, y si no tiene
cabida tampoco aplica como tal para la cuestión del diezmo. Pero entonces, ¿por
qué la redacción supuestamente condicionada de esta Escritura?
Partiendo
de la comprensión previa que sobre la normativa del diezmo se tiene, puede
entenderse la manera en que la Escritura presenta esta nueva información sin
caer en contradicciones ni con aquella comprensión, como ya se abordó, ni esta
misma cita, como se ha visto.
Ese
entendimiento implica reconocer en esta cita la decisión voluntaria, madura,
consiente de aceptar la relación con Dios. Esto no debería sorprender pues es
el mismo principio que ha aplicado en los dos mil años de historia de la
iglesia de Dios y que sigue aplicando. Uno podrá formar parte, como Jacob, de
una familia que haya aceptado a Dios, puede desde niño congregarse, participar
en los grupos de la iglesia, tener actividades de cada vez mayor
responsabilidad en la misma, pero llegado el tiempo, cuando la persona se
sienta lo suficientemente madura física, mental, emocional y espiritualmente
hablando, de tomar la decisión personal de acepar el llamamiento pidiendo
entonces, y sólo entonces, ser bautizada para remisión de los pecados y recibir
por medio de la imposición de manos el Espíritu Santo. ¿Quiere decir que hasta
antes de ese momento dicha persona, en su niñez, adolescencia, juventud y puede
incluso que parte de su adultez no formase parte de la familia de Dios? Formaba
parte, sin duda, pero aún no había decidido en su corazón aceptar de manera
volitiva el llamamiento.
Dios
no es un Dios de imposiciones sino que busca que en libertad Sus hijos le amen,
eso implica que cada quien debe responder al llamamiento del que en su momento
puede llegar a ser objeto por parte del Padre. Es entonces y sólo entonces en
donde uno, al aceptar de manera libre ese compromiso, se vuelve responsable
personal, de manera individual, de las consecuencias del mismo.
Algo
así puede entenderse de la cita en cuestión, de nuevo: a la luz de lo que ya se
ha comprendido de la normativa del diezmo previa a las leyes mosaicas.
En
esta cita, dado que no puede entenderse la condicionante de que Dios lo sería
para Jacob sólo si le correspondía con lo que él solicitaba (¿cómo establecer una
promesa previa con Alguien al cual aún no se le reconoce como receptor de tal
promesa?), lo que puede deducirse es la misma actitud que deviene en el
cristiano en la actualidad cuando ya de manera libre, madura y consiente acepta
lo que pudo ya haber vivido, entendido, comprendido e incluso observado, pero
que aún no era motivo de una decisión personal.
El
cristiano al bautizarse no dice que a partir de ahí va a creer en Dios, sino
porque ha llegado a un conocimiento maduro de Dios, Dios al que ha aceptado,
entonces es que decide bautizarse. De igual forma Jacob había vivido toda su
vida con Su Padre, Abraham, un Abraham receptor de las promesas de Dios, amigo
de Dios (Santiago 2:23), cumplidor de mandamientos, leyes y normas de Dios
(Génesis 26:5), en ese sentido Jacoba había vivido, entendido, comprendido e
incluso observado lo que su padre Abraham vivía, entendía, comprendía e incluso
observaba, pero aún no había llegado al punto donde de manera libre, madura y
consiente Jacob mismo se decidiera por el llamamiento.
En
este sentido lo que vemos en la cita en cuestión no es sino la expresión
madura, libre y consiente de vivir, entender, comprender e incluso observar lo
que tal vez ya se hacía desde antes, pero ahora reconocido como una aceptación
personal, como un compromiso individual, como una responsabilidad particular.
Por
último tal vez alguien pregunta el porqué de manera específica se menciona en
esta aceptación, en este compromiso, en esta responsabilidad que libre, madura
y conscientemente hace Jacob la cuestión del diezmo. La razón es que la
normativa del diezmo está condicionada a un evento: que haya obtención,
producción o ganancia de algo.
Como
se ha comentado, la Ley de Dios, Sus Diez Mandamientos, son eternos, han
estado, están y seguirán siendo válidos, vigentes y por ende observables, el
sólo hecho de estar vivos nos obliga a ello, mismo caso que las leyes
dietéticas ya que para vivir hay que comer por lo cual son insoslayables, no
así en el caso de la cuestión del diezmo el cual, como la misma normativa
señala, sólo aplica en cuestión de lo obtenido, lo que se producía, lo que se
ganaba, es por eso que si bien en esta aceptación, compromiso, responsabilidad
que libre, madura y conscientemente hace Jacob lo que se da por hecho es lo que
es ineludible, inevitable, a saber,
cumplir la Ley de Dios, Sus Diez Mandamientos, eternos, así como las leyes
dietéticas, permanentes, condicionando la cuestión del diezmo a lo que forma
parte de su normativa: darlo siempre y cuando existan obtención, producción o
ganancia de algo.
Sin
duda que la ley sobre el diezmo tiene una connotación eminentemente práctica,
concreta y material: contribuir con las funciones asignadas al Cuerpo de
Cristo, la iglesia de Dios.
En
varias ocasiones, la Escritura arroja entendimiento sobre este tema.
Proverbios
3:9-10
Honra
a Jehová con tus bienes, y con las primicias de todos tus
frutos; Y serán llenos tus graneros con
abundancia, y tus lagares rebosarán de mosto.
1
Timoteo 5:8
porque
si alguno no provee para los suyos, y
mayormente para los de su casa, ha negado
la fe, y es peor que un incrédulo.
1
Corintios 15:42-44
Así
también es la resurrección de los muertos. Se
siembra en corrupción, resucitará en incorrupción. Se siembra en deshonra,
resucitará en gloria; se siembra en debilidad, resucitará en poder. Se siembra
cuerpo animal, resucitará cuerpo espiritual. Hay cuerpo animal, y hay cuerpo
espiritual.
Gálatas
6:8-10
Porque
el que siembra para su carne, de la carne
segará corrupción; mas el que siembra para el Espíritu, del Espíritu segará
vida eterna. No nos cansemos, pues, de hacer bien; porque a su tiempo
segaremos, si no desmayamos. Así que, según tengamos oportunidad, hagamos bien a todos, y mayormente a los de
la familia de la fe.
1
Timoteo 5:17-18
Los
ancianos que gobiernan bien, sean tenidos por dignos de doble honor, mayormente los que trabajan en predicar y
enseñar. Pues la Escritura dice: No
pondrás bozal al buey que trilla; y: Digno
es el obrero de su salario.
1
Corintios 9:4-13
¿Acaso
no tenemos derecho de comer y beber? ¿No
tenemos derecho de traer con nosotros una hermana por mujer como también los
otros apóstoles, y los hermanos del Señor, y Cefas? ¿O sólo yo y Bernabé no tenemos derecho de no
trabajar? ¿Quién fue jamás soldado a sus
propias expensas? ¿Quién planta viña y no come de su fruto? ¿O quién apacienta
el rebaño y no toma de la leche del rebaño?
¿Digo esto sólo como hombre? ¿No dice esto también la ley? Porque en la ley de Moisés está escrito: No
pondrás bozal al buey que trilla. ¿Tiene Dios cuidado de los bueyes, o lo dice enteramente por nosotros? Pues por
nosotros se escribió; porque con esperanza debe arar el que ara, y el que
trilla, con esperanza de recibir del fruto.
Si nosotros sembramos entre vosotros lo espiritual, ¿es gran cosa si
segáremos de vosotros lo material? Si
otros participan de este derecho sobre vosotros, ¿cuánto más nosotros? Pero no
hemos usado de este derecho, sino que lo soportamos todo, por no poner ningún
obstáculo al evangelio de Cristo. ¿No sabéis que los que trabajan en las cosas
sagradas, comen del templo, y que los que sirven al altar, del altar
participan? Así también ordenó el Señor a los que anuncian el evangelio, que
vivan del evangelio.
Lucas
6:38
Dad,
y se os dará; medida buena, apretada, remecida y rebosando darán en vuestro
regazo; porque con la misma medida con que medís, os volverán a
medir.
Todas
las citas anteriores tienen un referente que puede ser entendido respecto de la
obligación que como creyentes se tiene de aportar los recursos necesarios para
que la Gran Comisión asignada por Cristo a Su iglesia pueda realizarse (Marcos
16:15), con todo y todo, y al igual que con las leyes dietéticas, ¿no hay una
enseñanza espiritual que devenga de este entendimiento material? Sí que la hay
y curiosamente está relacionada con lo que se vio al analizar las leyes
dietéticas.
Pensemos
esto: la iglesia es referida en la Escritura como el Cuerpo de Cristo:
Colosenses
1:18
Él
es también la cabeza del cuerpo [que es] la iglesia; y Él es el principio, el
primogénito de entre los muertos, a fin de que Él tenga en todo la primacía.
Colosenses
1:24
Ahora
me alegro de mis sufrimientos por vosotros, y en mi carne, completando lo que
falta de las aflicciones de Cristo, hago mi parte por su cuerpo, que es la iglesia,
1
Corintios 12:12-14
Porque
así como el cuerpo es uno, y tiene muchos miembros, pero todos los miembros del
cuerpo, aunque son muchos, constituyen un solo cuerpo, así también es Cristo.
Pues por un mismo Espíritu todos fuimos bautizados en un solo cuerpo, ya judíos
o griegos, ya esclavos o libres, y a todos se nos dio a beber del mismo
Espíritu. Porque el cuerpo no es un solo miembro, sino muchos
1
Corintios 12:27
Ahora
bien, vosotros sois el cuerpo de Cristo, y [cada uno] individualmente un miembro
de él.
Efesios
4:11-13
Y El
dio a algunos {el ser} apóstoles, a otros profetas, a otros evangelistas, a
otros pastores y maestros, a fin de capacitar a los santos para la obra del
ministerio, para la edificación del cuerpo de Cristo; hasta que todos lleguemos
a la unidad de la fe y del conocimiento pleno del Hijo de Dios, a la condición
de un hombre maduro, a la medida de la estatura de la plenitud de Cristo;
Efesios
5:23
Porque
el marido es cabeza de la mujer, así como Cristo es cabeza de la iglesia,
[siendo] El mismo el Salvador del cuerpo.
Efesios
5:29-30
Porque
nadie aborreció jamás su propio cuerpo, sino que lo sustenta y lo cuida, así
como también Cristo a la iglesia; porque somos miembros de su cuerpo.
Siguiendo
la analogía dada en las leyes dietéticas, las cuales proveen alimento
considerado como apto para consumo a nuestros cuerpos físicos, ¿qué sería el
alimento físico del Cuerpo de Cristo?, ¿de dónde provendrían los recursos
materiales que requiere para funcionar de igual forma que nuestro cuerpo
material debe hacerse de recursos para estar vivo? La respuesta es de los
diezmos.
Los
diezmos, como se vio, tienen una connotación eminentemente práctica, concreta y
material: contribuir con las funciones asignadas al Cuerpo de Cristo, la
iglesia de Dios. En ese sentido el símil de los diezmos que se entregan para
ello puede compararse con los alimentos que nos son dados para su consumo. En
ambos casos, tanto en el Cuerpo de Cristo, Su iglesia, como en en el caso de
nuestro cuerpo material, se requieren de recursos, de insumos materiales para
subsistir, esos recursos están dado en el caso del Cuerpo de Cristo por los
diezmos y en el caso de nuestro cuerpo material por los alimentos aptos para
consumo.
¿Y
a dónde nos lleva esto? Pues a la enseñanza espiritual subyacente en la
materialidad de los diezmos: que en este nosotros, al cumplir con la ley
relativa al diezmo, somos en figura como aquellos animales considerados aptos
para consumo humano pues proveemos al Cuerpo de Cristo de los insumos, los recursos
materiales que requiere para su subsistencia.
Así
como los animales considerados aptos para nuestro consumo nos proveen de lo que
necesitamos para nuestra vida física, con una subyacente enseñanza espiritual
en ello, de igual forma esos son figura nuestra cuando a su semejanza nosotros
proveemos al Cuerpo de Cristo de lo que necesita para su vida física.
Recordemos
que las leyes dietéticas fueron dadas “para hacer diferencia entre lo inmundo y
lo limpio, y entre los animales que se pueden comer y los animales que no se
pueden comer” (Levítico 11:47), es decir, para apartar, en otras palabras
santificar, aquellos alimentos considerados aptos para consumo humano (1
Timoteo 4:3-5), ¿y cómo define la Escritura a los creyentes “que guardan los mandamientos de Dios y la fe
de Jesús”? santos (Revelación 14:12). Así que tanto los alimentos como los
creyentes son santificados, puestos aparte para un uso santo, siempre y cuando
cumplan con lo que la misma Escritura establece.
Ahora
bien, ¿uno podrá ser considerado como un animal limpio, si se permite la
comparación, como un creyente santo, si no está cumpliendo con lo que se supone
es su deber material de proveer a Cuerpo de Cristo de lo que necesite? “¿Robará
el hombre a Dios? Pues vosotros me habéis robado. Y dijisteis: ¿En qué te hemos
robado? En vuestros diezmos y ofrendas. Malditos sois con maldición, porque
vosotros, la nación toda, me habéis robado” (Malaquías 3:8-9). Un poco difícil
considerar una respuesta afirmativa a la pregunta anterior cuando la Escritura
misma señala a quien obra de esa manera como maldito, y no sólo maldito sino
doblemente maldito: Malditos sois con
maldición.
Cuando
se analizó lo relativo a las leyes dietéticas se concluyó que el hilo conductor
de las cuatro categorías de animales aptos para consumo humano de aquellos que
no lo son tiene que ver de manera general con la manera de alimentarse así como
la forma de caminar, lo cual tienen un referente respectivamente relacionado
con el leer, estudiar, meditar de manera constate sobre la Palabra de Dios
mientras se avanza por el Camino mediante la fe y las obras y los dones y los
frutos del Espíritu, considerando el testimonio que ante los hombres el
cristiano debe dar, haciendo todo buscando agradar a Dios, dejando que la
Palabra de Dios nos prepare para el Reino Venidero mediante el impulso
adicional que el Espíritu Santo de Dios imprime en el andar por el Camino del
cristiano.
En
ese sentido, ¿podrá considerarse como quien el lee, estudia, medita de manera
constate sobre la Palabra de Dios mientras se avanza por el Camino mediante la
fe y las obras y los dones y los frutos del Espíritu, considerando el
testimonio que ante los hombres el cristiano debe dar, haciendo todo buscando
agradar a Dios, dejando que la Palabra de Dios nos prepare para el Reino
Venidero mediante el impulso adicional que el Espíritu Santo de Dios imprime en
el andar por el Camino del cristiano, si esa personas no cumple con alimentar
de manera perfecta y santa al Cuerpo de Cristo? La respuesta difícilmente podría
ser afirmativa cuando la misma Escritura, respecto de quienes se comportan así,
señala “porque vosotros, la nación toda, me habéis robado” (Malaquías 3:9) y cuando uno de los Diez Mandamientos
señala “No robarás” (Éxodo 20:15)
De
igual forma, ¿cómo son llamados los animales que no cumple con lo establecido
para ser considerados aptos para consumo humano y por lo tanto no alimentan de
manera perfecta y santa al nuestro cuerpo material? La Escritura los llama
inmundos. ¿Y un animal inmundo puede presentare como ofrenda a Dios? “si fuere
algún animal inmundo, de que no se ofrece ofrenda a Jehová” (Levítico 27:11).
Pedro
exhorta a los fieles de todos los tiempos diciendo “os ruego por las
misericordias de Dios, que presentéis vuestros cuerpos en sacrificio vivo,
santo, agradable a Dios” (Romanos 12:1), ahora bien, si no se está proveyendo
de manera perfecta y santa para las necesidades del Cuerpo de Cristo,
volviéndonos inmundos al símil de los animales no aptos para consumo humano, si se le está robando a Dios, violando así Su
Ley, ¿podrá considerarse uno como ofrenda acepta por Dios, como “sacrificio
vivo, santo, agradable a Dios”?, ¿podrá uno conspirarse como parte de los
santos, los “que guardan los mandamientos de Dios y la fe de Jesús” (Revelación
14:12)? Cada quien responda.
Por
último, la cuestión relativa al diezmo, tal como originalmente estaba
establecida, implicaba dar la décima parte de todo lo obtenido a Dios. Lo
señalado en Deuteronomio 14:22 es una adición cuyo eje central es la celebración
de las fiestas en Jerusalén pero estas fiestas, al pasar de sombras a luces,
del Antiguo al Nuevo Testamento, no es que hayan dejado de estar vigentes sino
que han comenzado a estar vivientes —en cuanto a las fiestas de primavera, primero
la Pascua con la muerte de Jesús, luego Panes sin levadura con la vida santa de
los elegidos, luego Primicias con la ascensión de Jesús al Padre y por último
Pentecostés con la venida del Espíritu Santo sobre la iglesia—, estando solo
pendientes de cumplimentarse las fiestas de otoño: Trompetas (resurrección/transformación
de los santos), Día de la expiación (oportunidad de toda la humanidad de todos
los tiempos de conocer y aceptar o rechazar la verdad y venir a salvación), y
Tabernáculos (cumplimiento del plan de Dios para con la humanidad donde Él vive
en medio de su pueblo).
En
este sentido el diezmo original se mantiene material y espiritualmente hablando
pero este segundo diezmo ha dejado de tener aplicación material dejándonos la
aplicación espiritual referida al gozo de los elegidos por todas las
bendiciones de Dios obtenidas cuyo principal referente son las arras del Espíritu
que se nos han dado como primicia de aquello que recibiremos en Jerusalén, en
la Nueva Jerusalén, cuando nos gocemos ante Dios por el cumplimiento de sus
promesas en nosotros.
El
mandamiento contemplado en las leyes mosaicas de que se debe separar un segundo
diezmo y comerlo sólo en Jerusalén, sigue vigente, más sin embargo
espiritualizado referido al gozo de los elegidos por todas las bendiciones de Dios
obtenidas cuyo principal referente son las arras del Espíritu que se nos han
dado como primicia de aquello que recibiremos en Jerusalén, en la Nueva Jerusalén,
cuando nos gocemos ante Dios por el cumplimiento de sus promesas en nosotros.
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