241. [Se debe administrar justicia] También en casos de incendio premeditado (Éx. 22:6)
“Cuando se prendiere fuego, y al quemar espinos quemare mieses amontonadas o en pie, o campo, el que encendió el fuego pagará lo quemado” Como parte del pacto que en su momento Dios hizo con su pueblo, estableció ciertas normas que tenían que ver con la interacción social, algunas para cuidar la integridad de las personas, otras, como en el caso de Éxodo 22:6, para cuidar su patrimonio. El entendimiento natural de Éxodo 22:6 tiene que ver con la responsabilidad individual en cuanto a cuidar las propias acciones para que no vayan, en demérito de un tercero, en caso que se dé esto, señalado ahí como un fuego que descontrolado afecta al otro, compensará al afectado quien ocasionó aquello. Pero de igual forma de manera espiritual tiene una comprensión subyacente para la iglesia de Dios. Empecemos por las imágenes que la normativa presenta. De inicio lo que vemos es el fuego encendido por alguien que daña la mies o el campo de otro. El fuego...