227. [La pena de muerte] Puede ser por estrangulación (Éx. 21:16)
“Asimismo,
el que robare una persona y la vendiere, o si fuere hallada en sus manos,
morirá”
Como
parte de las leyes dadas por Dios a su pueblo como parte de su pacto se
estableció aquellas que regulaban la pena capital en el caso de transgresión.
Éxodo 21:16 señala “Asimismo, el que robare una persona y la vendiere, o si fuere
hallada en sus manos, morirá”, ¿de dónde se saca eso de que dicha pena de
muerte podía ser ejecutada por estrangulación?
La
pena capital en la Escritura estaba reservada para ciertos delitos, el caso de
la cita Éxodo 21:16 está dado para aquel que “robare una persona y la vendiere”,
sin embargo, no se especifica el monto exacto del castigo. El tipo de castigo
probablemente se dejó para ser determinado, en investigación judicial, de
acuerdo con los principios generales de la ley siendo así determinada
posteriormente por las instancias religiosas que aplicaban dicha pena.
Si
bien los comentaristas judíos afirman que esa ejecución podía hacerse mediante
estrangulamiento, no hay manera de saber si esto es así, a la luz de la
Escritura, pero incluso de esa interpretación podemos sacar una comprensión
espiritual a la luz de lo que la Palabra menciona referente al aliento de vida.
Génesis
2:7
Entonces
el Señor Dios formó al hombre del polvo de la tierra, y sopló en su nariz el
aliento de vida, y fue el hombre un ser viviente
Salmo
104:29
Si
escondes tu rostro, se aterran; si les quitas el aliento, mueren y vuelven al
polvo.
Job
34:14
Si [Dios]
determinara hacerlo así, si hiciera volver a sí mismo su espíritu y su aliento,
toda carne a una perecería, y el hombre volvería al polvo
De
esta forma la Escritura entrelaza la noción del aliento con la vida que proviene
de Dios siendo que, de manera natural, en el caso de la estrangulación, dicho aliento
sería interrumpido con lo que devendría la muerte física, pero, además, con el simbolismo
señalado, la muerte espiritual, siendo el referente de esto aquellos miembros del
Cuerpo de Cristo que ante la rebeldía mostrada en sus faltas, son cortados de la
comunidad siendo privados de esa vida que fluye a través de ésta por el Espíritu.
Mateo 18
15 Por tanto, si tu hermano peca contra ti, ve y
repréndele estando tú y él solos; si te oyere, has ganado a tu hermano. 16 Mas si no te oyere,
toma aún contigo a uno o dos, para que en boca de dos o tres
testigos conste toda palabra. 17 Si no los oyere a
ellos, dilo a la iglesia; y si no oyere a la iglesia, tenle por gentil y
publicano. 18 De cierto os digo que
todo lo que atéis en la tierra, será atado en el cielo; y todo lo que desatéis
en la tierra, será desatado en el cielo. 19 Otra vez os digo, que,
si dos de vosotros se pusieren de acuerdo en la tierra acerca de cualquiera
cosa que pidieren, les será hecho por mi Padre que está en los cielos. 20 Porque donde están dos o tres
congregados en mi nombre, allí estoy yo en medio de ellos.
El
mandamiento contemplado en las leyes mosaicas de que la pena de muerte puede
ser ejecutada por medio del estrangulamiento, sigue vigente, más sin embargo
espiritualizado referido aquellos
que, habiendo cometido una falta, mostrándose en rebeldía, son cortados de
la comunidad siendo privados de esa vida que fluye a través de ésta por el Espíritu.

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