131. Se debe recitar una declaración al separar los diversos diezmos (Dt. 26:13)


 

“Y dirás delante de Jehová tu Dios: He sacado lo consagrado de mi casa, y también lo he dado al levita, al extranjero, al huérfano y a la viuda, conforme a todo lo que me has mandado; no he transgredido tus mandamientos, ni me he olvidado de ellos”

 

Como parte de la normativa dada por Dios respecto de los diezmos, existía la obligación de recitar una declaración al separarlos. La declaración está contenida en Deuteronomio 26:13-15

 

Deuteronomio 26:13-15

13 Y dirás delante de Jehová tu Dios: He sacado lo consagrado de mi casa, y también lo he dado al levita, al extranjero, al huérfano y a la viuda, conforme a todo lo que me has mandado; no he transgredido tus mandamientos, ni me he olvidado de ellos. 14 No he comido de ello en mi luto, ni he gastado de ello estando yo inmundo, ni de ello he ofrecido a los muertos; he obedecido a la voz de Jehová mi Dios, he hecho conforme a todo lo que me has mandado. 15 Mira desde tu morada santa, desde el cielo, y bendice a tu pueblo Israel, y a la tierra que nos has dado, como juraste a nuestros padres, tierra que fluye leche y miel

 

Antes de abordar esta declaratoria, es importante entender el significado, natural y espiritual de la cuestión relativa al diezmo así como si la misma sigue vigente o ya no.

 

Como parte del pacto que Dios había hecho con su pueblo, estaba la normativa referida a los diezmos que debían entregarse a los Levitas. Tal como señala Números 18:24, la idea de ese diezmo era una forma de compensar los trabajos que los Levitas hacían considerando que éstos no tenían heredad entre las tribus de Israel.

 

Si bien Levítico 27:30 señala “y el diezmo de la tierra, así de la simiente de la tierra como del fruto de los árboles, de Jehová es”, el mismo no estaba circunscrito exclusivamente a las cuestiones agrícolas pues muchos en Israel tenían otro tipo de profesiones (carpinteros, tejedores, etc.) que si se aplicase así la norma prácticamente los exentaría de dar cualquier diezmo.

 

Ahora bien, la parte medular de la ley relativa al diezmo estriba sin duda alguna en determinar si la misma sigue siendo vigente, válida y por ende observable. Tal como se comentó, la ley relativa al diezmo forman parte de una normativa previamente existente a las leyes mosaicas así que no forman parte de las leyes añadidas que por lo  mismo tendrían una temporalidad, pero de igual forma, y con mayor contundencia de esa vigencia, validez y observancia, podemos encontrar referencias escriturales que permiten concluir esto.

 

Pero antes de pasar a esto hay que señalar que las conclusiones respecto del diezmo que ya se vieron las que sus detractores usan para argumentar la no vigencia, ni validez y por lo tanto no observancia del mismo en la actualidad, ¿por qué? (1) porque el diezmo se daba de la tierra, así de la simiente de la tierra como del fruto de los árboles lo cual incluía diezmo de vacas o de ovejas, de todo lo que pasa bajo la vara (Levítico 27:30-32) así como del grano, de tu vino y de tu aceite, así que quienes no se dedica a esas actividades no podrían en estricto sentido de la Escritura cumplir la ordenanza, (2)  porque los diezmos eran para el sostenimiento del servicio en el Templo de los Levitas (Números 18:21-24), siendo que si en la actualidad no hay Templo ni Levitas en estricto sentido de la Escritura no puede cumplirse esto; (3) por que la normativa señala que los Levitas a su vez tenían que diezmar al sacerdocio aarónico de los diezmos recibidos (Números 18:26; Nehemías 10:38), siendo que si en la actualidad no hay Templo ni Levitas en estricto sentido de la Escritura no puede cumplirse esto; (4) por que el diezmo tenía que traerse al lugar que Jehová vuestro Dios escogiere de entre todas vuestras tribus, para poner allí su nombre para su habitación  (Deuteronomio 12:5-6), en este caso al Templo de Jerusalén, siendo que al no estar en pie el Templo de Jerusalén los diezmos no pueden llevarse y por lo tanto no puede cumplirse esta parte de la Escritura; y (5) porque, dado que aparte del diezmo anterior, había otros dos diezmos: uno que se apartaba cotidianamente de tu grano, de tu vino y de tu aceite, y las primicias de tus manadas y de tus ganados para usarse sea en efectivo o en especie en las fiestas a las que anualmente la Ley convocaba en Jerusalén para comer delante de Jehová tu Dios, y te alegrarás tú y tu familia; el otro diezmo era cada tres años y era para el levita, que no tiene parte ni heredad contigo, y el extranjero, el huérfano y la viuda (Deuteronomio 14:22-29; Deuteronomio 26:12-15); al no estar en la actualidad las condiciones para ello no puede cumplirse la Escritura en cuanto a lo que aquí establece.

 

¿Qué puede decirse ante estas argumentaciones? Simplemente ¡que tienen razón! Así es, tienen toda la razón en cuanto a lo que señalan como contra-argumento respecto de los diezmos tal como está establecido en las leyes mosaicas, el problema es que esa normativa es adicional, añadida, siendo que existía una normativa previa, y por lo tanto permanente, que al quedar sin efecto las leyes mosaicas no se afecta aquella original sino que al contario se restaura en su forma primigenia.

 

Pero antes de abordar esto veamos lo siguiente. En los evangelios, Cristo, al tratar el tema del diezmo señaló: “¡Ay de vosotros, escribas y fariseos, hipócritas! porque diezmáis la menta y el eneldo y el comino, y dejáis lo más importante de la ley: la justicia, la misericordia y la fe. Esto era necesario hacer, sin dejar de hacer aquello” (Mateo 23:23), si la la justicia, la misericordia y la fe es algo que aún el cristiano debe practicar, es lógico considerar que lo otro que no debía dejarse de hacer, el diezmo, de igual forma sigue vigente. Esto estaría en consonancia con lo que Jesús dijo respecto de devolver lo que le pertenece a Dios: “Dad, pues, a César lo que es de César, y a Dios lo que es de Dios” (Mateo 22:21), si se descarta la ley relativa al diezmo, ¿en qué parte de la Escritura se encontraría alguna normativa vigente y permanente, clara y obligatoria, para contribuir de manera constante para las obra encomendada por Dios a Su iglesia? Con todo y todo, tal vez alguien pueda aceptar que en tiempos de Jesús, antes de Su sacrificio redentor, la ley del diezmo estaba vigente, peor no así después de su muerte y resurrección, así que vayamos varias décadas después de ello para ver la doctrina que se enseñaba en la iglesia de Dios y comprender lo relativo a este tema.

 

 

Retomando la cuestión de la existencia previa a las leyes mosaicas de la ley relativo al diezmo, la cuestión de los dos sacerdocios y las dos leyes fue algo que se desarrolló al inicio de la presente obra pues su comprensión es requerida para entender la cuestión relativa tanto a las leyes dietéticas como a la ley relativa al diezmo. Esto es importante tenerlo en mente ya que tanto las leyes dietéticas como la relativa al diezmo pertenecen a una normativa pre-existente a las leyes mosaicas, en ese sentido dichas normas, vigentes desde el inicio de la humanidad, al no poderse cancelar por ser permanentes, fueron reconocidas en las leyes mosaicas añadiéndosele directrices que fuesen acorde con el grueso de la legislación, pero al ser superadas esas leyes mosaicas lo único que fue cancelado es lo añadido, quedando lo primigenio en su espíritu original, en este entendido, ¿tenemos nociones del diezmo previo a las leyes mosaicas?, ¿en qué sentido?, de igual forma ¿el Nuevo Testamento cancela o refrenda esta obligación?

 

Génesis 14:17-24

17 Cuando volvía de la derrota de Quedorlaomer y de los reyes que con él estaban, salió el rey de Sodoma a recibirlo al valle de Save, que es el Valle del Rey.

18 Entonces Melquisedec, rey de Salem y sacerdote del Dios Altísimo, sacó pan y vino;

19 y le bendijo, diciendo: Bendito sea Abram del Dios Altísimo, creador de los cielos y de la tierra;

20 y bendito sea el Dios Altísimo, que entregó tus enemigos en tu mano. Y le dio Abram los diezmos de todo.

21 Entonces el rey de Sodoma dijo a Abram: Dame las personas, y toma para ti los bienes.

22 Y respondió Abram al rey de Sodoma: He alzado mi mano a Jehová Dios Altísimo, creador de los cielos y de la tierra,

23 que desde un hilo hasta una correa de calzado, nada tomaré de todo lo que es tuyo, para que no digas: Yo enriquecí a Abram;

24 excepto solamente lo que comieron los jóvenes, y la parte de los varones que fueron conmigo, Aner, Escol y Mamre, los cuales tomarán su parte.

 

En los versículos remarcados se evidencia la observancia de lo que se conoce como el diezmar, dar la décima parte de lo que uno obtiene cientos de años antes de las leyes mosaicas añadidas, pero ¿cómo podemos estar seguros que se trataba de una legislación como tal previa a las leyes mosaicas?

 

Reflexionando sobre este pasaje Pablo escribiendo alrededor del año 60-65 d.C., es decir, más de treinta años después de la muerte, resurrección y ascensión al cielo de Jesus, a los Hebreos señala:

 

Hebreos 7:1-10

Porque este Melquisedec, rey de Salem, sacerdote del Dios Altísimo, que salió a recibir a Abraham que volvía de la derrota de los reyes, y le bendijo,

a quien asimismo dio Abraham los diezmos de todo; cuyo nombre significa primeramente Rey de justicia, y también Rey de Salem, esto es, Rey de paz;

sin padre, sin madre, sin genealogía; que ni tiene principio de días, ni fin de vida, sino hecho semejante al Hijo de Dios, permanece sacerdote para siempre.

Considerad, pues, cuán grande era éste, a quien aún Abraham el patriarca dio diezmos del botín.

Ciertamente los que de entre los hijos de Leví reciben el sacerdocio, tienen mandamiento de tomar del pueblo los diezmos según la ley, es decir, de sus hermanos, aunque éstos también hayan salido de los lomos de Abraham.

Pero aquel cuya genealogía no es contada de entre ellos, tomó de Abraham los diezmos, y bendijo al que tenía las promesas.

Y sin discusión alguna, el menor es bendecido por el mayor.

Y aquí ciertamente reciben los diezmos hombres mortales; pero allí, uno de quien se da testimonio de que vive.

Y por decirlo así, en Abraham pagó el diezmo también Leví, que recibe los diezmos;

10 porque aún estaba en los lomos de su padre cuando Melquisedec le salió al encuentro.

 

Recordemos de nuevo la cita de Isaías 8:16: “Ata el testimonio, sella la ley entre mis discípulos”, es así lo señalado en Génesis  14:17-24 debe ser comprendido a cabalidad de cara a lo explicado en Hebreos 7:1-10.

 

Siguiendo esa comprensión que Hebreos 7:1-10 nos permite tener de Génesis  14:17-24 podemos establecer lo siguiente:

 

Lo primero y más importante a considerar, aquello que permite entender cómo es que el diezmo formaba parte de una legislación previa a las leyes mosaicas, es que Pablo establece una equivalencia entre ambos diezmos, es decir, entre el que dio Abraham a Melchisedec y los que recibían los Levitas del Templo. Esto es importante ya que quienes señalan que la ley relativa al diezmo no está vigente analizan de manera aislada Génesis 14:17-24 para concluir que lo que dio Abraham fue un diezmo diferente en el sentido que no formaba parte de legislación alguna, es decir, no era obligatorio normativamente hablando por lo que aquel diezmo fue espontáneo. De nuevo, a la luz de lo expuesto por Pablo se ve la equivalencia de ambos diezmos, de otra forma Pablo se hubiese referido a esto como una ofrenda, regalo o dádiva, figuras que también estaban en las leyes mosaicas, no como el diezmo el cual tiene la característica peculiar que forma parte intrínseca de una legislación establecida y por lo tanto obligatoria.

 

Esta equivalencia es notoria en los versículos 5 y 6 y 8 y 9 que señalan “ciertamente los que de entre los hijos de Leví reciben el sacerdocio, tienen mandamiento de tomar del pueblo los diezmos según la ley, es decir, de sus hermanos, aunque éstos también hayan salido de los lomos de Abraham. Pero aquel cuya genealogía no es contada de entre ellos, tomó de Abraham los diezmos, y bendijo al que tenía las promesas” yaquí ciertamente reciben los diezmos hombres mortales; pero allí, uno de quien se da testimonio de que vive.  Y por decirlo así, en Abraham pagó el diezmo también Leví, que recibe los diezmos”.  Así que la equivalencia es más que aclara, en ambos casos se habla de diezmos, en ambos casos existe una normativa que los hace obligatorio, en ambos casos deben entregarse a las personas adecuadas para los fines adecuados.

 

Por cierto, y con relación a estas ideas relativas a este primer punto, es interesante como es que Pablo en su primer carta a los Corintios, escrita en 54-57 d.C., es decir casi treinta años después de la muerte, resurrección y ascensión al cielo de Jesús, de nuevo establece una analogía que permite entender la vigencia, validez y por ende observancia del diezmo:

 

1 Corintios 9:13-14

¿No sabéis que los que trabajan en las cosas sagradas, comen del templo, y que los que sirven al altar, del altar participan?  Así también ordenó el Señor a los que anuncian el evangelio, que vivan del evangelio.

 

Los sacerdotes y levitas vivía de manera regular y constante por medio del diezmo, no de las ofrendas y demás que tenían un carácter esporádico y en muchos casos voluntario, lo cual no permitiría un flujo de recursos regular y constante para el servicio del Templo, sino que su subsistencia estaba fundada en el diezmo, de igual forma en esta cita Pablo de nuevo equipara ambos a aquellos sacerdotes y levitas con quienes anuncian el Evangelio señalando que ambos deben vivir de su trabajo relacionado, y de nuevo: lo único que genera un flujo regular constante permanente que permite esto, en ambos sacerdocios, es el diezmo.

 

Como segundo punto y no menos importante para ir determinando la vigencia, validez y por lo tato observancia de la ley relativa al diezmo en la iglesia neotestamentaria, si bien no va a repetirse en este apartado lo visto anteriormente con relación a los dos sacerdocios y las dos leyes, debe tenerse en cuenta sin embargo, aquello que ya se comentó previamente al respecto, es decir, puede verse la reiteración que hace Pablo al señalar que el sacerdocio de Melchisedec era superior al que posteriormente se establecería con Aharón y los Levitas, siendo que si en aquel sacerdocio existía la normativa permanente del diezmo, ésta vino a incorporarse en las leyes mosaicas siendo que cuando éstas dejaron de tener vigencia, validez y observancia, lo añadido fue eliminado, no así lo preexistente que era la cuestión de dar la décima parte de lo que se obtuviera, el diezmo, pues.

 

Pero extendiéndose en este tema, de manera reiterativa podemos continuar con los versículos de Hebreos 7 posteriores a lo señalado anteriormente con respecto al diezmo pues la exposición que Pablo hace, como ya se vio en el apartado de los dos sacerdocios y las dos leyes, señala a Cristo restableciendo el sacerdocio de Melchisedec, sólo que ahora de una manera eterna, con todas las regulaciones y normativas que le son inherentes, incluyendo, obvio, los diezmos:

 

Hebreos 7:11-28

11 Si, pues, la perfección fuera por el sacerdocio levítico (porque bajo él recibió el pueblo la ley), ¿qué necesidad habría aún de que se levantase otro sacerdote, según el orden de Melquisedec, y que no fuese llamado según el orden de Aarón?

12 Porque cambiado el sacerdocio, necesario es que haya también cambio de ley;

13 y aquel de quien se dice esto [Cristo], es de otra tribu, de la cual nadie sirvió al altar.

14 Porque manifiesto es que nuestro Señor vino de la tribu de Judá, de la cual nada habló Moisés tocante al sacerdocio.

15 Y esto es aún más manifiesto, si a semejanza de Melquisedec se levanta un sacerdote distinto,

16 no constituido conforme a la ley del mandamiento acerca de la descendencia, sino según el poder de una vida indestructible.

17 Pues se da testimonio de él:
    Tú eres sacerdote para siempre,
    Según el orden de Melquisedec

18 Queda, pues, abrogado el mandamiento anterior a causa de su debilidad e ineficacia

19 (pues nada perfeccionó la ley), y de la introducción de una mejor esperanza, por la cual nos acercamos a Dios.

20 Y esto no fue hecho sin juramento;

21 porque los otros ciertamente sin juramento fueron hechos sacerdotes; pero éste, con el juramento del que le dijo:
    Juró el Señor, y no se arrepentirá:
    Tú eres sacerdote para siempre,
    Según el orden de Melquisedec

22 Por tanto, Jesús es hecho fiador de un mejor pacto.

23 Y los otros sacerdotes llegaron a ser muchos, debido a que por la muerte no podían continuar;

24 mas éste, por cuanto permanece para siempre, tiene un sacerdocio inmutable;

25 por lo cual puede también salvar perpetuamente a los que por él se acercan a Dios, viviendo siempre para interceder por ellos.

26 Porque tal sumo sacerdote nos convenía: santo, inocente, sin mancha, apartado de los pecadores, y hecho más sublime que los cielos;

27 que no tiene necesidad cada día, como aquellos sumos sacerdotes, de ofrecer primero sacrificios por sus propios pecados, y luego por los del pueblo; porque esto lo hizo una vez para siempre, ofreciéndose a sí mismo.

28 Porque la ley constituye sumos sacerdotes a débiles hombres; pero la palabra del juramento, posterior a la ley, al Hijo, hecho perfecto para siempre.

 

Aunque se comentó esto en extensión y profundidad en el apartado relativo a las dos leyes y los dos sacerdocios, debe quedar claro cómo es que previo a los pactos abrahamánicos y las leyes mosaicas existía un sacerdocio, el de Melchisedec, en el cual los sacerdocios, al igual que aarónico y levítico, era investido y ejercía y el cual tenía sus regulaciones eternas, los Diez Mandamientos, y permanentes, las leyes dietéticas y las relativas al diezmo, siendo que al establecerse los pactos abrahamánicos y las leyes mosaicas dicho sacerdocio es interrumpido por el aarónico y levítico hasta el advenimiento de la promesa, Cristo Jesus, quien de nuevo reestablece el sacerdocio de Melchisedec dejando sin efecto todo lo añadido en las leyes mosaicas pero no invalidando lo que desde antes fungía como normas eternas, los Diez Mandamientos, y permanentes, las leyes dietéticas y la relativa al diezmo.

 

 

Como tercer y último punto, es interesante determinar la manera correcta de cumplir este precepto, dado que lo que estipulaba la ley mosaica era que el diezmo se entregaba  sobre el grano, el vino y el aceite, y las primicias de las manadas y de los ganados, pero como dicha ley ya no tiene validez, ni vigencia y por ende no es observable, ¿sobre qué se entrega el diezmo?

 

Génesis 14:20

y bendito sea el Dios Altísimo, que entregó tus enemigos en tu mano. Y le dio Abram los diezmos de todo.

 

Hebreos 7:2

a quien asimismo dio Abraham los diezmos de todo; cuyo nombre significa primeramente Rey de justicia, y también Rey de Salem, esto es, Rey de paz;

 

Así que en la actualidad, el diezmo se da a la iglesia de Dios para la obra que le ha sido encomendada, sobre todo lo que uno obtenga.

 

Ahora bien, ¿existe alguna otra mención del diezmo previo a las leyes mosaicas? Si la hay, ya la misma debe abordarse a la luz de la comprensión previa, de otra forma, como pasa con muchos, el entendimiento de la misma se desvirtuaría.

 

La Escritura sólo presenta otra ocasión en la cual el diezmo es mencionado previo a las leyes mosaicas, curiosamente esta otra mención del diezmo confunde a quienes sin el entendimiento previo que se ha comentado, abordan el tema desde la concepción de la no vigencia, ni validez, ni observancia en la actualidad de este precepto.

 

Un hecho en la Escritura es que el conocimiento, la comprensión, se va construyendo sobre lo que se va revelando. La Escritura no es una serie de revelaciones sin conexión una con otra sino que toda forma un todo, “la suma de tu palabra es verdad” (Salmos 119:160), por eso es sumamente importante considerar la información que la Escritura va presentando a la luz de lo que con la misma ya se ha ido comprendiendo.

 

Sobre esta cita que menciona por segunda y última vez al diezmo previo a las leyes mosaicas, ha de considerarse la información que se entrega a la luz de lo ya comprendido respecto del diezmo.

 

Si bien la primer mención del diezmo se vio aparece en Génesis 14:17-24, la comprensión plena de dicha mención deviene de considérala cara a cara con lo señalado en Hebreos 7:1-10. Del análisis que ya se hizo quedó claro que la comparativa implica una equivalencia de términos ya que de otra forma Pablo hubiese utilizado otra figura como ofrenda, oblación, etc. para referirse a lo que Abraham dio a Melchisedec, pero la comparativa del diezmo levítico con lo que Abraham dio a Melchisedec, nombrado de igual forma diezmo, implica que ambos pertenecían a una normativa que lo regulaba como tal. Dicha normativa implicaba en su base dar la décima parte de todo lo que se obtuviera y la misma se daba a las personas encargadas de la administración religiosa de la fe del Pueblo de Dios.

 

De igual forma se comprendió que dicha normativa, al ser permanente, se incluyó en lo que posteriormente sería conocido como leyes mosaicas, la cual, para ser observada, se le añadieron regulaciones adicionales que al venir la Promesa quedaron sin efecto, como el resto de las leyes mosaicas, manteniendo el espíritu original de la norma.

 

Por último, se estableció que la normativa original referida al diezmo, es decir, la décima parte lo obtenido, lo que se producía, lo que se ganaba, era dada al sacerdocio de Melchisedec, mientras que la disposición contemplada en las leyes mosaicas, incluyendo las normas añadidas, era dada al sacerdocio aharónico y levítico, este último sacerdocio interrumpió temporalmente al primero pero una vez venida la Promesa el mismo fue reestablecido, siendo así que si aquel primero incluía la normativa relativa al diezmo, al reestablecerse la misma siguió en funciones sólo que ahora relacionada con el sacerdocio de Melchisedec y bajo el espíritu de la norma original.

 

Este es el conocimiento previo que deviene de considerar Génesis 14:17-24 a la luz de Hebreos 7:1-10, y ambos a la luz de los dos sacerdocios y las dos leyes, con todo y todo quienes abordan el tema del diezmo desde la perspectiva de su no validez, ni vigencia, ni mucho menos observancia, analizan la cita que a continuación se va a abordar de manera aislada para validar así su pensamiento, con todo y todo e incluso en este caso, es decir, tomándola de manera aislada, no hay elemento para considerar las conclusiones a las que llegan, a saber: que antes de las leyes levíticas no había una normativa relativa al diezmo.

 

La cita en cuestión está en Génesis 28:10-22

 

10 Salió, pues, Jacob de Beerseba, y fue a Harán.

11 Y llegó a un cierto lugar, y durmió allí, porque ya el sol se había puesto; y tomó de las piedras de aquel paraje y puso a su cabecera, y se acostó en aquel lugar.

12 Y soñó: y he aquí una escalera que estaba apoyada en tierra, y su extremo tocaba en el cielo; y he aquí ángeles de Dios que subían y descendían por ella.

13 Y he aquí, Jehová estaba en lo alto de ella, el cual dijo: Yo soy Jehová, el Dios de Abraham tu padre, y el Dios de Isaac; la tierra en que estás acostado te la daré a ti y a tu descendencia.

14 Será tu descendencia como el polvo de la tierra, y te extenderás al occidente, al oriente, al norte y al sur; y todas las familias de la tierra serán benditas en ti y en tu simiente.

15 He aquí, yo estoy contigo, y te guardaré por dondequiera que fueres, y volveré a traerte a esta tierra; porque no te dejaré hasta que haya hecho lo que te he dicho.

16 Y despertó Jacob de su sueño, y dijo: Ciertamente Jehová está en este lugar, y yo no lo sabía.

17 Y tuvo miedo, y dijo: ¡Cuán terrible es este lugar! No es otra cosa que casa de Dios, y puerta del cielo.

18 Y se levantó Jacob de mañana, y tomó la piedra que había puesto de cabecera, y la alzó por señal, y derramó aceite encima de ella.

19 Y llamó el nombre de aquel lugar Bet-el, aunque Luz era el nombre de la ciudad primero.

20 E hizo Jacob voto, diciendo: Si fuere Dios conmigo, y me guardare en este viaje en que voy, y me diere pan para comer y vestido para vestir,

21 y si volviere en paz a casa de mi padre, Jehová será mi Dios.

22 Y esta piedra que he puesto por señal, será casa de Dios; y de todo lo que me dieres, el diezmo apartaré para ti.

 

El problema de esta cita es la parte final donde Jacob hace un voto señalando que “Si fuere Dios conmigo, y me guardare en este viaje en que voy, y me diere pan para comer y vestido para vestir, y si volviere en paz a casa de mi padre, Jehová será mi Dios.  Y esta piedra que he puesto por señal, será casa de Dios; y de todo lo que me dieres, el diezmo apartaré para ti” (versículos 20-22).

 

Los detractores de la normativa del diezmo previa a las leyes mosaicas señalan que esto es una evidencia de que el mismo, es decir el diezmo, no era una normativa como vino a establecerse posteriormente en las leyes levíticas, a saber, algo permanente referido a la décima parte de lo obtenido, lo que se producía, lo que se ganaba, ¿por qué?, por la lectura, o más bien la interpretación, que hacen del versículo 22 que señala que si Dios concede lo que Jacob espera entonces él “de todo lo que [le] diere, el diezmo apartar[á] para [Dios]”.

 

La lectura, de nuevo: más bien la interpretación de esto, lleva a los detractores de la normativa del diezmo previa a las leyes mosaicas a señalar que dada la manera en que esto está escrito señala más bien una promesa condicionada, algo así como un compromiso mutuo, siendo que si fuese una norma de carácter obligatorio no estaría sujeta a negociación.

 

Como ya se comentó uno debe ir construyendo el conocimiento que la Escritura va presentado conforma a la comprensión previa que va teniendo, siendo así esta interpretación no es coherente con lo entendido previamente del análisis de Génesis 14:17-24 y Hebreos 7:1-10, pero antes de pasar al entendimiento de esta Escritura sobre la base de lo ya comprendido, ¿qué está de mal en el argumento de los detractores de la normativa del diezmo previo a las leyes mosaicas?

 

Veamos.

 

Ellos señalan que la redacción de la Escritura es condicionada, es decir, si Jacob recibía ciertas cosas de Dios entonces, y sólo entonces, él, casi casi como contraprestación le daría el diezmo de todo lo que le diere. En ese sentido, argumentan los detractores de la normativa del diezmo previo a las leyes mosaicas, dado que la figura del diezmo presentada aquí estaba sujeta a una condición no podía tratarse de una norma obligatoria, en ese sentido no era algo que Jacob obligatoria, rutinaria, y consuetudinariamente observase. De nuevo ¿qué está mal con este razonamiento?, que el mismo se invalida a si mismo si se le da continuidad a la argumentación en que se sustenta ya que si se considera que la supuesta condicionante establecida en dicha Escritura de sólo dar el diezmo si se obtenía lo esperado implicaba que el mismo, es decir el diezmo, no era observado antes, entonces tendremos que aplicar la misma regla a la otra parte de esa misma Escritura que señala en el versículo 21 que si Dios concede a Jacob lo que espera entonces, y sólo entonces, “Jehová será [su] Dios”, es decir, si la condición de dar diezmos sólo se cumplía si se obtenía lo esperado por lo que antes no se diezmaba, entonces la condición de aceptar a Jehová bajo la misma premisa, es decir, sólo si se obtenía lo que se esperaba, implicaba que antes no se le tenía ni consideraba por Dios, pero esto nos lleva a un absurdo donde Jacob se estaría dirigiendo a Alguien que no consideraba Dios estableciendo condiciones bajo las cuales entonces, y sólo entonces, sí lo consideraría. No tiene sentido. 

 

Más bien la idea es que Jacob conocía, entendía, comprendía y aceptaba a Jehová como Su Dios, de esa forma la condicionante no tiene cabida, y si no tiene cabida tampoco aplica como tal para la cuestión del diezmo. Pero entonces, ¿por qué la redacción supuestamente condicionada de esta Escritura?

 

Partiendo de la comprensión previa que sobre la normativa del diezmo se tiene, puede entenderse la manera en que la Escritura presenta esta nueva información sin caer en contradicciones ni con aquella comprensión, como ya se abordó, ni esta misma cita, como se ha visto.

 

Ese entendimiento implica reconocer en esta cita la decisión voluntaria, madura, consiente de aceptar la relación con Dios. Esto no debería sorprender pues es el mismo principio que ha aplicado en los dos mil años de historia de la iglesia de Dios y que sigue aplicando. Uno podrá formar parte, como Jacob, de una familia que haya aceptado a Dios, puede desde niño congregarse, participar en los grupos de la iglesia, tener actividades de cada vez mayor responsabilidad en la misma, pero llegado el tiempo, cuando la persona se sienta lo suficientemente madura física, mental, emocional y espiritualmente hablando, de tomar la decisión personal de acepar el llamamiento pidiendo entonces, y sólo entonces, ser bautizada para remisión de los pecados y recibir por medio de la imposición de manos el Espíritu Santo. ¿Quiere decir que hasta antes de ese momento dicha persona, en su niñez, adolescencia, juventud y puede incluso que parte de su adultez no formase parte de la familia de Dios? Formaba parte, sin duda, pero aún no había decidido en su corazón aceptar de manera volitiva el llamamiento.

 

Dios no es un Dios de imposiciones sino que busca que en libertad Sus hijos le amen, eso implica que cada quien debe responder al llamamiento del que en su momento puede llegar a ser objeto por parte del Padre. Es entonces y sólo entonces en donde uno, al aceptar de manera libre ese compromiso, se vuelve responsable personal, de manera individual, de las consecuencias del mismo.

 

Algo así puede entenderse de la cita en cuestión, de nuevo: a la luz de lo que ya se ha comprendido de la normativa del diezmo previa a las leyes mosaicas.

 

En esta cita, dado que no puede entenderse la condicionante de que Dios lo sería para Jacob sólo si le correspondía con lo que él solicitaba (¿cómo establecer una promesa previa con Alguien al cual aún no se le reconoce como receptor de tal promesa?), lo que puede deducirse es la misma actitud que deviene en el cristiano en la actualidad cuando ya de manera libre, madura y consiente acepta lo que pudo ya haber vivido, entendido, comprendido e incluso observado, pero que aún no era motivo de una decisión personal.

 

El cristiano al bautizarse no dice que a partir de ahí va a creer en Dios, sino porque ha llegado a un conocimiento maduro de Dios, Dios al que ha aceptado, entonces es que decide bautizarse. De igual forma Jacob había vivido toda su vida con Su Padre, Abraham, un Abraham receptor de las promesas de Dios, amigo de Dios (Santiago 2:23), cumplidor de mandamientos, leyes y normas de Dios (Génesis 26:5), en ese sentido Jacoba había vivido, entendido, comprendido e incluso observado lo que su padre Abraham vivía, entendía, comprendía e incluso observaba, pero aún no había llegado al punto donde de manera libre, madura y consiente Jacob mismo se decidiera por el llamamiento.

 

En este sentido lo que vemos en la cita en cuestión no es sino la expresión madura, libre y consiente de vivir, entender, comprender e incluso observar lo que tal vez ya se hacía desde antes, pero ahora reconocido como una aceptación personal, como un compromiso individual, como una responsabilidad particular.

 

Por último tal vez alguien pregunta el porqué de manera específica se menciona en esta aceptación, en este compromiso, en esta responsabilidad que libre, madura y conscientemente hace Jacob la cuestión del diezmo. La razón es que la normativa del diezmo está condicionada a un evento: que haya obtención, producción o ganancia de algo.

 

Como se ha comentado, la Ley de Dios, Sus Diez Mandamientos, son eternos, han estado, están y seguirán siendo válidos, vigentes y por ende observables, el sólo hecho de estar vivos nos obliga a ello, mismo caso que las leyes dietéticas ya que para vivir hay que comer por lo cual son insoslayables, no así en el caso de la cuestión del diezmo el cual, como la misma normativa señala, sólo aplica en cuestión de lo obtenido, lo que se producía, lo que se ganaba, es por eso que si bien en esta aceptación, compromiso, responsabilidad que libre, madura y conscientemente hace Jacob lo que se da por hecho es lo que es ineludible, inevitable,  a saber, cumplir la Ley de Dios, Sus Diez Mandamientos, eternos, así como las leyes dietéticas, permanentes, condicionando la cuestión del diezmo a lo que forma parte de su normativa: darlo siempre y cuando existan obtención, producción o ganancia de algo.

 

Sin duda que la ley sobre el diezmo tiene una connotación eminentemente práctica, concreta y material: contribuir con las funciones asignadas al Cuerpo de Cristo, la iglesia de Dios.

 

En varias ocasiones, la Escritura arroja entendimiento sobre este tema.

 

Proverbios 3:9-10

Honra a Jehová con tus bienes, y con las primicias de todos tus frutos;  Y serán llenos tus graneros con abundancia, y tus lagares rebosarán de mosto.

 

1 Timoteo 5:8

porque si alguno no provee para los suyos, y mayormente para los de su casa, ha negado la fe, y es peor que un incrédulo.

 

1 Corintios 15:42-44

Así también es la resurrección de los muertos. Se siembra en corrupción, resucitará en incorrupción. Se siembra en deshonra, resucitará en gloria; se siembra en debilidad, resucitará en poder. Se siembra cuerpo animal, resucitará cuerpo espiritual. Hay cuerpo animal, y hay cuerpo espiritual.

 

Gálatas 6:8-10

Porque el que siembra para su carne, de la carne segará corrupción; mas el que siembra para el Espíritu, del Espíritu segará vida eterna. No nos cansemos, pues, de hacer bien; porque a su tiempo segaremos, si no desmayamos. Así que, según tengamos oportunidad, hagamos bien a todos, y mayormente a los de la familia de la fe.

 

1 Timoteo 5:17-18

Los ancianos que gobiernan bien, sean tenidos por dignos de doble honor, mayormente los que trabajan en predicar y enseñar.  Pues la Escritura dice: No pondrás bozal al buey que trilla; y: Digno es el obrero de su salario.

 

1 Corintios 9:4-13

¿Acaso no tenemos derecho de comer y beber?  ¿No tenemos derecho de traer con nosotros una hermana por mujer como también los otros apóstoles, y los hermanos del Señor, y Cefas?  ¿O sólo yo y Bernabé no tenemos derecho de no trabajar?  ¿Quién fue jamás soldado a sus propias expensas? ¿Quién planta viña y no come de su fruto? ¿O quién apacienta el rebaño y no toma de la leche del rebaño?  ¿Digo esto sólo como hombre? ¿No dice esto también la ley?  Porque en la ley de Moisés está escrito: No pondrás bozal al buey que trilla. ¿Tiene Dios cuidado de los bueyes,  o lo dice enteramente por nosotros? Pues por nosotros se escribió; porque con esperanza debe arar el que ara, y el que trilla, con esperanza de recibir del fruto.  Si nosotros sembramos entre vosotros lo espiritual, ¿es gran cosa si segáremos de vosotros lo material?  Si otros participan de este derecho sobre vosotros, ¿cuánto más nosotros? Pero no hemos usado de este derecho, sino que lo soportamos todo, por no poner ningún obstáculo al evangelio de Cristo.  ¿No sabéis que los que trabajan en las cosas sagradas, comen del templo, y que los que sirven al altar, del altar participan? Así también ordenó el Señor a los que anuncian el evangelio, que vivan del evangelio.

 

Lucas 6:38

Dad, y se os dará; medida buena, apretada, remecida y rebosando darán en vuestro regazo; porque con la misma medida con que medís, os volverán a medir.

 

Todas las citas anteriores tienen un referente que puede ser entendido respecto de la obligación que como creyentes se tiene de aportar los recursos necesarios para que la Gran Comisión asignada por Cristo a Su iglesia pueda realizarse (Marcos 16:15), con todo y todo, y al igual que con las leyes dietéticas, ¿no hay una enseñanza espiritual que devenga de este entendimiento material? Sí que la hay y curiosamente está relacionada con lo que se vio al analizar las leyes dietéticas.

 

Pensemos esto: la iglesia es referida en la Escritura como el Cuerpo de Cristo:

 

Colosenses 1:18

Él es también la cabeza del cuerpo [que es] la iglesia; y Él es el principio, el primogénito de entre los muertos, a fin de que Él tenga en todo la primacía.

 

Colosenses 1:24

Ahora me alegro de mis sufrimientos por vosotros, y en mi carne, completando lo que falta de las aflicciones de Cristo, hago mi parte por su cuerpo, que es la iglesia,

 

1 Corintios 12:12-14

Porque así como el cuerpo es uno, y tiene muchos miembros, pero todos los miembros del cuerpo, aunque son muchos, constituyen un solo cuerpo, así también es Cristo. Pues por un mismo Espíritu todos fuimos bautizados en un solo cuerpo, ya judíos o griegos, ya esclavos o libres, y a todos se nos dio a beber del mismo Espíritu. Porque el cuerpo no es un solo miembro, sino muchos

 

1 Corintios 12:27

Ahora bien, vosotros sois el cuerpo de Cristo, y [cada uno] individualmente un miembro de él.

 

Efesios 4:11-13

Y El dio a algunos {el ser} apóstoles, a otros profetas, a otros evangelistas, a otros pastores y maestros, a fin de capacitar a los santos para la obra del ministerio, para la edificación del cuerpo de Cristo; hasta que todos lleguemos a la unidad de la fe y del conocimiento pleno del Hijo de Dios, a la condición de un hombre maduro, a la medida de la estatura de la plenitud de Cristo;

 

Efesios 5:23

Porque el marido es cabeza de la mujer, así como Cristo es cabeza de la iglesia, [siendo] El mismo el Salvador del cuerpo.

 

Efesios 5:29-30

Porque nadie aborreció jamás su propio cuerpo, sino que lo sustenta y lo cuida, así como también Cristo a la iglesia; porque somos miembros de su cuerpo.

 

Siguiendo la analogía dada en las leyes dietéticas, las cuales proveen alimento considerado como apto para consumo a nuestros cuerpos físicos, ¿qué sería el alimento físico del Cuerpo de Cristo?, ¿de dónde provendrían los recursos materiales que requiere para funcionar de igual forma que nuestro cuerpo material debe hacerse de recursos para estar vivo? La respuesta es de los diezmos.

 

Los diezmos, como se vio, tienen una connotación eminentemente práctica, concreta y material: contribuir con las funciones asignadas al Cuerpo de Cristo, la iglesia de Dios. En ese sentido el símil de los diezmos que se entregan para ello puede compararse con los alimentos que nos son dados para su consumo. En ambos casos, tanto en el Cuerpo de Cristo, Su iglesia, como en en el caso de nuestro cuerpo material, se requieren de recursos, de insumos materiales para subsistir, esos recursos están dado en el caso del Cuerpo de Cristo por los diezmos y en el caso de nuestro cuerpo material por los alimentos aptos para consumo.

 

¿Y a dónde nos lleva esto? Pues a la enseñanza espiritual subyacente en la materialidad de los diezmos: que en este nosotros, al cumplir con la ley relativa al diezmo, somos en figura como aquellos animales considerados aptos para consumo humano pues proveemos al Cuerpo de Cristo de los insumos, los recursos materiales que requiere para su subsistencia.

 

Así como los animales considerados aptos para nuestro consumo nos proveen de lo que necesitamos para nuestra vida física, con una subyacente enseñanza espiritual en ello, de igual forma esos son figura nuestra cuando a su semejanza nosotros proveemos al Cuerpo de Cristo de lo que necesita para su vida física.

 

Recordemos que las leyes dietéticas fueron dadas “para hacer diferencia entre lo inmundo y lo limpio, y entre los animales que se pueden comer y los animales que no se pueden comer” (Levítico 11:47), es decir, para apartar, en otras palabras santificar, aquellos alimentos considerados aptos para consumo humano (1 Timoteo 4:3-5), ¿y cómo define la Escritura a los creyentes  “que guardan los mandamientos de Dios y la fe de Jesús”? santos (Revelación 14:12). Así que tanto los alimentos como los creyentes son santificados, puestos aparte para un uso santo, siempre y cuando cumplan con lo que la misma Escritura establece.

 

Ahora bien, ¿uno podrá ser considerado como un animal limpio, si se permite la comparación, como un creyente santo, si no está cumpliendo con lo que se supone es su deber material de proveer a Cuerpo de Cristo de lo que necesite? “¿Robará el hombre a Dios? Pues vosotros me habéis robado. Y dijisteis: ¿En qué te hemos robado? En vuestros diezmos y ofrendas.  Malditos sois con maldición, porque vosotros, la nación toda, me habéis robado” (Malaquías 3:8-9). Un poco difícil considerar una respuesta afirmativa a la pregunta anterior cuando la Escritura misma señala a quien obra de esa manera como maldito, y no sólo maldito sino doblemente maldito: Malditos sois con maldición.

 

Cuando se analizó lo relativo a las leyes dietéticas se concluyó que el hilo conductor de las cuatro categorías de animales aptos para consumo humano de aquellos que no lo son tiene que ver de manera general con la manera de alimentarse así como la forma de caminar, lo cual tienen un referente respectivamente relacionado con el leer, estudiar, meditar de manera constate sobre la Palabra de Dios mientras se avanza por el Camino mediante la fe y las obras y los dones y los frutos del Espíritu, considerando el testimonio que ante los hombres el cristiano debe dar, haciendo todo buscando agradar a Dios, dejando que la Palabra de Dios nos prepare para el Reino Venidero mediante el impulso adicional que el Espíritu Santo de Dios imprime en el andar por el Camino del cristiano.

 

En ese sentido, ¿podrá considerarse como quien el lee, estudia, medita de manera constate sobre la Palabra de Dios mientras se avanza por el Camino mediante la fe y las obras y los dones y los frutos del Espíritu, considerando el testimonio que ante los hombres el cristiano debe dar, haciendo todo buscando agradar a Dios, dejando que la Palabra de Dios nos prepare para el Reino Venidero mediante el impulso adicional que el Espíritu Santo de Dios imprime en el andar por el Camino del cristiano, si esa personas no cumple con alimentar de manera perfecta y santa al Cuerpo de Cristo? La respuesta difícilmente podría ser afirmativa cuando la misma Escritura, respecto de quienes se comportan así, señala “porque vosotros, la nación toda, me habéis robado” (Malaquías 3:9) y cuando uno de los Diez Mandamientos señala “No robarás” (Éxodo 20:15)

 

De igual forma, ¿cómo son llamados los animales que no cumple con lo establecido para ser considerados aptos para consumo humano y por lo tanto no alimentan de manera perfecta y santa al nuestro cuerpo material? La Escritura los llama inmundos. ¿Y un animal inmundo puede presentare como ofrenda a Dios? “si fuere algún animal inmundo, de que no se ofrece ofrenda a Jehová” (Levítico 27:11).

 

Pedro exhorta a los fieles de todos los tiempos diciendo “os ruego por las misericordias de Dios, que presentéis vuestros cuerpos en sacrificio vivo, santo, agradable a Dios” (Romanos 12:1), ahora bien, si no se está proveyendo de manera perfecta y santa para las necesidades del Cuerpo de Cristo, volviéndonos inmundos al símil de los animales no aptos para consumo humano,  si se le está robando a Dios, violando así Su Ley, ¿podrá considerarse uno como ofrenda acepta por Dios, como “sacrificio vivo, santo, agradable a Dios”?, ¿podrá uno conspirarse como parte de los santos, los “que guardan los mandamientos de Dios y la fe de Jesús” (Revelación 14:12)?  Cada quien responda.

 

Ahora bien, volviendo sobre la declaración que debía hacerse al separar el diezmo, declaración contenida en Deuteronomio 26:13-15 y que decía “He sacado lo consagrado de mi casa, y también lo he dado al levita, al extranjero, al huérfano y a la viuda, conforme a todo lo que me has mandado; no he transgredido tus mandamientos, ni me he olvidado de ellos. No he comido de ello en mi luto, ni he gastado de ello estando yo inmundo, ni de ello he ofrecido a los muertos; he obedecido a la voz de Jehová mi Dios, he hecho conforme a todo lo que me has mandado. Mira desde tu morada santa, desde el cielo, y bendice a tu pueblo Israel, y a la tierra que nos has dado, como juraste a nuestros padres, tierra que fluye leche y miel” hay cuatro aspectos que resaltan.

 

La primera se refiere al estricto cumplimiento normativo de lo relativo al diezmo, en cuanto a Dios, cuando dice “he sacado lo consagrado de mi casa”

 

La segunda se refiere al estricto cumplimiento normativo de lo relativo al diezmo, en cuanto al prójimo, cuando dice “y también lo he dado al levita, al extranjero, al huérfano y a la viuda, conforme a todo lo que me has mandado”.

 

La tercera se refiere a la obediencia debida a la voluntad de Dios, en cuanto a uno,  expresada en la manera en que se debe vivir cuando señala “no he transgredido tus mandamientos, ni me he olvidado de ellos. No he comido de ello en mi luto, ni he gastado de ello estando yo inmundo, ni de ello he ofrecido a los muertos; he obedecido a la voz de Jehová mi Dios, he hecho conforme a todo lo que me has mandado”.

 

Y por último, la cuarta, después de todo lo expresado anteriormente, implora la bendición divina para todo el pueblo cuando dice “mira desde tu morada santa, desde el cielo, y bendice a tu pueblo Israel, y a la tierra que nos has dado, como juraste a nuestros padres, tierra que fluye leche y miel”.

 

Los primeros dos aspectos mencionados tienen su referente con lo indicado por la Palabra respecto de amar a Dios sobre todas las cosas (Deuteronomio 6:5) y de amar al prójimo como a uno mismo (Levítico 19:18), ambas normativas reconocidas por Jesús como las más grandes de la Ley (Mateo 22:34-40).

 

El tercer aspecto tiene que ver con la vida consagrada a Dios que el elegido que ha respondido al llamamiento del Padre para venir a salvación en el presente siglo debe vivir.

 

Mateo 7

21 No todo el que me dice: Señor, Señor, entrará en el reino de los cielos: más el que hiciere la voluntad de mi Padre que está en los cielos.

22 Muchos me dirán en aquel día: Señor, Señor, ¿no profetizamos en tu nombre, y en tu nombre lanzamos demonios, y en tu nombre hicimos mucho milagros?

23 Y entonces les protestaré: Nunca os conocí; apartaos de mí, obradores de maldad.

24 Cualquiera, pues, que me oye estas palabras, y las hace, le compararé a un hombre prudente, que edificó su casa sobre la peña;

25 Y descendió lluvia, y vinieron ríos, y soplaron vientos, y combatieron aquella casa; y no cayó: porque estaba fundada sobre la peña.

26 Y cualquiera que me oye estas palabras, y no las hace, le compararé a un hombre insensato, que edificó su casa sobre la arena;

27 Y descendió lluvia, y vinieron ríos, y soplaron vientos, e hicieron ímpetu en aquella casa; y cayó, y fue grande su ruina.

28 Y fue que, como Jesús acabó estas palabras, las gentes se admiraban de su doctrina;

29 Porque les enseñaba como quien tiene autoridad, y no como los escribas.

 

El cuarto aspecto es la esperanza en el cumplimiento de las promesas que se han concedido  al haberse mantenido uno fiel a la Palabra, tanto escrita como hecha carne.

 

Vistos desde esa perspectiva los cuatro aspectos tienen vigencia para el elegido quien de igual forma debe amar a Dios sobre todas las cosas, amar al prójimo como a uno mismo, vivir una vida consagrada y esperar en las promesas que se han concedido.

 

El mandamiento contemplado en las leyes mosaicas de que se debe recitar una declaración al separar los diversos diezmos, sigue vigente más sin embargo espiritualizado referido a los elegidos quienes de igual forma debemos amar a Dios sobre todas las cosas, amar al prójimo como a uno mismo, vivir una vida consagrada y esperar en las promesas que se han concedido, tal cual corresponde a todo hijo de Dios.


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