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Mostrando entradas de julio, 2021

102. La ropa del leproso es ritualmente inmunda (Lv. 13:51)

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  “Y al séptimo día mirará la plaga; y si se hubiere extendido la plaga en el vestido, en la urdimbre o en la trama, en el cuero, o en cualquiera obra que se hace de cuero, lepra maligna es la plaga; inmunda será”   Como parte del pacto que en su momento hizo Dios con su pueblo estaban ciertas prescripciones de salud tanto de la comunidad como de cada individuo. El caso de la lepra es uno de ellos.   La comprensión material del caso de la lepra es más que evidente: proteger a la comunidad de enfermedades que pudieran esparcirse creando un problema de salud pública. Para ello aquel de quien se sospechase tenía lepra —que por cierto dicho término podía referirse a diversas enfermedades de la piel no sola y exclusivamente a lo que hoy se denomina con ese término— era puesto fuera del campamento donde era revisado por el sacerdote hasta que la enfermedad hubiese remitido para ser recibido de vuelta en la comunidad. La normativa al respecto está contenida en Levítico 1...

101. El leproso es ritualmente inmundo (Lv. 13:3)

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  “Y el sacerdote mirará la llaga en la piel del cuerpo; si el pelo en la llaga se ha vuelto blanco, y pareciere la llaga más profunda que la piel de la carne, llaga de lepra es; y el sacerdote le reconocerá, y le declarará inmundo”   Como parte del pacto que en su momento hizo Dios con su pueblo estaban ciertas prescripciones de salud tanto de la comunidad como de cada individuo. El caso de la lepra es uno de ellos.   La comprensión material del caso de la lepra es más que evidente: proteger a la comunidad de enfermedades que pudieran esparcirse creando un problema de salud pública. Para ello aquel de quien se sospechase tenía lepra —que por cierto dicho término podía referirse a diversas enfermedades de la piel no sola y exclusivamente a lo que hoy se denomina con ese término— era puesto fuera del campamento donde era revisado por el sacerdote hasta que la enfermedad hubiese remitido para ser recibido de vuelta en la comunidad. La normativa al respecto está cont...

100. Después del parto las mujeres son ritualmente inmundas durante siete días (Lv. 12:2)

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  “Habla a los hijos de Israel y diles: La mujer cuando conciba y dé a luz varón, será inmunda siete días; conforme a los días de su menstruación será inmunda”   Levítico 12:2 contiene una disposición referida la mujer cuando ésta es madre que, quienes no tienen la comprensión espiritual, pueden considerar vejatoria o discriminante, lo cual dista mucho de la realidad.   La disposición en cuestión se refiere a que una mujer, una vez que ha dado a luz, se mantiene inmunda durante siete días debiendo estar apartada durante ese tiempo.   De nuevo: pareciera a la vista carnal que una disposición como esta es vejatoria y discriminante, ¿cómo puede ser la mujer inmunda por algo que es parte del mismo proceso natural que Dios diseñó a efecto de que la familia humana creciera?, ¿por qué debe estar apartada siete días como si algo malo tuviere? Esta separación pareciera un castigo de aislamiento que rompe la relación de la mujer con la comunidad y la somete a vergü...