213. El matrimonio debe ser gobernado por la ley (Dt. 24:1)
Cuando alguno tomare mujer y se casare con ella, si no le agradare por haber hallado en ella alguna cosa indecente, le escribirá carta de divorcio, y se la entregará en su mano, y la despedirá de su casa.
Parte
de las leyes que en su momento Dios dio a su pueblo tenían la finalidad de
cuidar el conglomerado social del mismo siendo que, su base primaria, el
matrimonio, también fue regulado. Una de estas regulaciones, que tristemente ha
sido causa de tropiezo para los elegidos, es la que se contempla en Deuteronomio
24:1.
De
manera natural esto se aplicaba en el pueblo de Israel, aunque llegando a los
extremos de separarse por cualquier cosa, después de todo la redacción, “si no
le agradare por haber hallado en ella alguna cosa indecente, le escribirá carta
de divorcio”, daba pauta para ello.
Jesús,
enfrentado por sus contemporáneos respecto de esto
Mateo
19
3 Entonces vinieron a él los fariseos, tentándole y
diciéndole: ¿Es lícito al hombre repudiar a su mujer por cualquier causa? 4 Él,
respondiendo, les dijo: ¿No habéis leído que el que los hizo al principio,
varón y hembra los hizo, 5 y
dijo: Por esto el hombre dejará padre y madre, y se unirá a su mujer, y los dos
serán una sola carne? 6 Así
que no son ya más dos, sino una sola carne; por tanto, lo que Dios juntó, no lo
separe el hombre. 7 Le
dijeron: ¿Por qué, pues, mandó Moisés dar carta de divorcio, y repudiarla? 8 Él les dijo: Por la dureza de vuestro
corazón Moisés os permitió repudiar a vuestras mujeres; mas al principio no fue
así. 9 Y yo os digo que
cualquiera que repudia a su mujer, salvo por causa de fornicación, y se casa
con otra, adultera; y el que se casa con la repudiada, adultera.
Fijémonos
como la pregunta inicial de aquello que procuraban a Jesús es “¿es lícito al
hombre repudiar a su mujer por cualquier causa?”, porque, como ya se dijo, la disposición
de Deuteronomio 24:1 se había llevado al extremo de que, casi por cualquier causa,
un esposo podía invocar esa disposición para separarse de su esposa, pero ¿esto
es así?, veamos
Para
entender la cuestión del divorcio, desde la perspectiva de Dios, es menester
entender primeramente la cuestión del matrimonio, providencialmente ambas están
presentadas por Jesús en Mateo 19
Mateo
19
1 Aconteció que cuando Jesús terminó
estas palabras, se alejó de Galilea, y fue a las regiones de Judea al otro lado
del Jordán.
2 Y le siguieron grandes multitudes, y los
sanó allí.
3 Entonces vinieron a él los fariseos,
tentándole y diciéndole: ¿Es lícito al hombre repudiar a su mujer por cualquier
causa?
4 Él, respondiendo, les dijo: ¿No habéis
leído que el que los hizo al principio, varón y hembra los hizo,
5 y dijo: Por esto el hombre dejará padre
y madre, y se unirá a su mujer, y los dos serán una sola carne?
6 Así que no son ya más dos, sino una
sola carne; por tanto, lo que Dios juntó, no lo separe el hombre.
7 Le dijeron: ¿Por qué, pues, mandó
Moisés dar carta de divorcio, y repudiarla?
8 Él les dijo: Por la dureza de vuestro
corazón Moisés os permitió repudiar a vuestras mujeres; más al principio no fue
así.
9 Y yo os digo que cualquiera que repudia
a su mujer, salvo por causa de fornicación, y se casa con otra, adultera; y el
que se casa con la repudiada, adultera.
10 Le dijeron sus discípulos: Si así es la
condición del hombre con su mujer, no conviene casarse.
11 Entonces él les dijo: No todos son
capaces de recibir esto, sino aquellos a quienes es dado.
12 Pues hay eunucos que nacieron así del
vientre de su madre, y hay eunucos que son hechos eunucos por los hombres, y
hay eunucos que a sí mismos se hicieron eunucos por causa del reino de los
cielos. El que sea capaz de recibir esto, que lo reciba.
La
exposición relativa al matrimonio está contenida en los versículos del 4 al 6 y
es más que clara: “¿No habéis leído que el que los hizo al
principio, varón y hembra los hizo, y dijo: Por esto el
hombre dejará padre y madre, y se unirá a su mujer, y los dos serán una sola
carne? Así que no son ya más dos, sino una sola carne;
por tanto, lo que Dios juntó, no lo separe el hombre”.
Realmente no hay mucho que pueda agregarse a esa exposición de ideas que
respecto del matrimonio hace Jesús, exposición de ideas que refleja el
pensamiento del Padre (Colosenses 1:15): el matrimonio es por siempre, incluso
la idea de separación por cualquier causa, no era la originalmente contemplada
por el Padre y si la separación posteriormente se permitió fue, como se señala
en los versículos 7 y 8, a causa de la dureza del corazón de los hombres.
“Pero bueno —alguien podrá decir— ahí mismo, en el versículo 9, Jesús
mismo dice que el repudio, la separación de un hombre de su mujer puede darse
por causa de fornicación”. En los siguientes apartados se comentará de esto lo
cual, se adelanta, ha sido completamente tergiversado, malentendido, por la
mayoría de las iglesias, congregaciones y denominaciones que se dicen
cristianas aplicándole los conceptos que el mundo provee el respecto, por lo
pronto lo que debe quedar más que claro es lo ya indicado: para Dios el
matrimonio es algo permanente que no debe ser violentado por el hombre.
La
mayoría de las civilizaciones que regulaban la institución del matrimonio nunca
la consideraron indisoluble, y su ruptura generalmente era solicitada por los
hombres. Aunque en algunas de ellas, el nacimiento de un hijo le otorgaba al
vínculo el carácter de indisoluble.
Si
uno escarba en la historia del divorcio
puede darse cuenta cómo es que el mismo tiene raíces que se hunden hasta las
sociedades paganas de aquel entonces.
El
Código de Hamurabi contiene numerosas leyes civiles concernientes a la
legalidad del divorcio y la poligamia y la ilegalidad del incesto. Es muy
similar la carta de divorcio del tiempo
de Moisés y a la ley ceremonial. El divorcio implícitamente se permitía y
coexistía con el concubinato, la poligamia y la esclavitud; pero se prohibía el
incesto como en la ley ceremonial. El divorcio les concedía tanto al hombre
como a la mujer el permiso para volverse a casar, así como la carta de divorcio
de Moisés. Al hombre le era más fácil obtener el divorcio que a la mujer, así
como aparece en la carta de divorcio y en la ley ceremonial de Moisés. Lo cual
prueba que Moisés no fue el autor del divorcio, pues Hamurabi vivió antes que
Moisés. Además, prueba que Moisés solo restringió un poco el divorcio entre los
judíos libertados de la esclavitud, pues el divorcio ya era muy común entre las
culturas del medio oriente.
El
divorcio en las sociedades paganas, además de ser algo aceptado, tenía fuerte
vínculos religiosos, como toda la actividad social, con las deidades de esas
sociedades siendo que las mismas consideraban que éste estaba permitido por sus
dioses incorporando en el proceso del mismo aspectos religiosos para cumplir
con las normas doctrinales de sus creencias.
Incluso
en la actualidad, corrientes paganas tan antiguas como la Wicca, señalan que el
divorcio es “la disolución del vínculo mágico y energético entre una pareja que
decidió unirse en matrimonio con la finalidad de que ambos puedan ser libres y
rehacer sus vidas”, para ello tiene un rito específico: La Separación de Manos.
“La Separación de Manos, al igual que en la Unión de Manos es uno de los
rituales de paso que se celebra con un
rito […] una ceremonia como ésta es que puede servir para cortar los vínculos
Mágicos y emocionales y energéticos de la pareja, de manera que ambos pueden
continuar su vida, libres de la influencia del otro. Esto no significa que se
niegue, se ignore o se olvide la relación, sino que simplemente cada uno es
libre de vivir su vida. Consiste en darse la oportunidad de encontrar un nuevo
compañero de vida y alcanzar aquello que tanto desean, aunque en algunos casos
sea simplemente disfrutar de la soledad. Se trata de desunir las manos que
anteriormente se habían unido. La separación se da cuando ambos cónyuges han
llegado a la conclusión de que ha llegado el momento de seguir con sus caminos
por separado, sin que esto sea traumático, ya que es una decisión consensuada
en la mayoría de los casos. Lo mejor es que la persona que ofició la unión de
manos, oficie también la desunión”[1].
Con
todo y todo la pregunta que debería tener en mente todo cristiano es, si Dios
no implementó el divorcio, si éste no estaba contemplado el plan inicial de Él,
¿de dónde vino?, si la fuente de algo que, por propios dichos de Jesús es
contrario a la voluntad original del Padre no provino de Dios, ¿de dónde o más
bien de quién provino?, la respuesta que cada quien dé a esta interrogante puede
darle mucha luz sobre el tema.
Con
la llegada del cristianismo, el divorcio se prohibió debido a la concepción del
matrimonio como un sacramento instituido por Dios y cuyo vínculo era
irrompible. A partir del siglo X, aunque el divorcio estaba prohibido, existía
la nulidad matrimonial, es decir, el matrimonio se declaraba nulo si se
demostraba que no había existido, que se explicaba por diferentes razones. Eran
los tribunales eclesiásticos quienes tramitaban las declaraciones de nulidad
matrimonial[2].
De
manera civil, no es sino hasta la emisión del Código Civil Francés, conocido
como Código Napoleónico o Código de Napoleón, que en 1804 el estado se abrogó
el derecho de disolver la unión matrimonial con el divorcio civil[3].
A
partir de esa fecha diversas naciones comenzaron a incorporar en sus
legislaciones la figura del divorcio civil, figura que comenzó a presionar las
diversas iglesias, denominaciones y congregaciones haciendo que muchas de
ellas, como se verá más delante, comenzasen a aceptar la disolución matrimonial
pero solo en caso de fornicación, malentendiendo y malinterpretando esto, como
de igual forma quedará demostrado.
Una
idea bastante extendida en la iglesia de Dios desde sus orígenes, es que la
misma permanece opuesta al divorcio y al re-matrimonio por cualquier causa
excepto por lo registrado en Mateo 19:9, desafortunadamente esta cita en muchos
casos se ha interpretado por alguno como que la misma permite a los cónyuges
divorciarse si alguno de ellos ha incurrido en adulterio y volver a casarse.
Curiosamente
esa idea es extraña a lo largo de la historia de la iglesia de Dios, donde en
estos dos mil años no se encontrará evidencia de ello, siendo que dicha idea
comenzó a infiltrarse cuando a partir del siglo XVIII los gobiernos seculares,
quitando autoridad a la iglesia de Roma, comenzaron a normar el divorcio civil
proliferando en la sociedad y alcanzando en su
práctica incluso a los elegidos.
Antes
de analizar Mateo 19:9 es interesante notar que Marcos 10:1-2 toca el mismo
tema, sólo que aquí no inserta la opción de repudio por fornicación, luego
entonces dado que por la boca de dos testigos algo queda firme (Deuteronomio
19:15; 2 Corintios 13:1), lo dicho por Mateo 19:9, que es único en toda la Palabra,
debe analizarse con cuidado a la luz de toda la Escritura.
En
Mateo 19:9, nuestro Señor señala que si alguien repudia a una mujer, salvo en
caso de fornicación, y se casa son otra se adultera, lo mismo quien se casa con
la repudiada. Pretender señalar que Jesús señalaba que si uno de los cónyuges
era infiel, el otro podía separarse y volverse a casar es un dicho que raya en
la herejía al contraponer a la Palabra echa carne, Jesús, contra la Palabra
escrita, la Biblia, ya que la Escritura señalaba claramente que en el caso de
adulterio la sanción aplicable no era el dar una carta de repudio a la mujer
sino la muerte de quienes habían cometido tal acción (Levítico 20:10), además
presenta a un Jesús consecuente con algo que la Escritura señala que Dios mismo
aborrece (Malaquías 2:16). Los
conflictos de Jesús con los líderes de su tiempo siempre fue por malas
interpretaciones de la Palabra o por tradiciones de hombre que la invalidaban
pero nunca nadie pudo decir y señalar que Cristo hubiese dicho algo contradiciendo
la Escritura (Juan 8:46), luego entonces, y nomás por esto, la interpretación
de que el adulterio entre esposos permite el divorcio y el volver a casarse
debe desecharse.
Por
la Palabra sabemos que Jesús vino a dar lustre y engrandecer la Ley (Isaías
42:21), ejemplo de esto cuando dijo que se había mandado diciendo no
adulteraras pero que Él señalaba que ni siquiera en el corazón debía codiciarse
a una mujer (Mateo 5:27-28) o cuando dijo que se había manado diciendo no
matarás pero que Él señalaba que ni siquiera se podía odiar al hermano en el
corazón (Mateo 5:21-22), pero si se interpreta que ante el adulterio de casados
la pena pasaba de muerte a simplemente una carta de repudio, aparte de poner a
Jesús contra la Palabra, se estaría en el único caso en toda la Escritura donde
Jesús, en vez de engrandecer y dar lustre la Ley la disminuyó, diluyó a un
nivel casi irrelevante, contradiciendo también la profecía de Isaías 42:21
sobre Él.
Pero
la duda subsiste, ¿qué quiso decir Jesús cuando señaló en Mateo 19:9 que el
repudio a la mujer era válido en caso de fornicación y no impedía el volver a
casarse con otra persona? Son consideraciones las que para esto deben tenerse
en cuenta.
Lo
primero que debe considerarse es que fornicación y adulterio no es lo mismo,
eso debería ser más que claro al ver, en la cita de Mateo 19:9, que en una
misma frase Jesús usa esas dos palabras, luego entonces no pueden ser lo mismo.
Adulterio son las relaciones sexuales dentro del matrimonio con una persona
ajena al cónyuge (Éxodo 20:14; Mateo 5:27-28; Juan 7:53-8:11), por su parte
fornicación abarca una serie más amplia de actividades, no nomás relaciones,
pero todas ellas referidas a alguna indecencia en la forma de inmoralidad
sexual (Jeremías 3:9; Ezequiel 16:29; Jeremías 13:27), ¿por qué Jesús usaría en
aquello que justifica el repudio una palabra de tan amplia acepción que apunta
a la indecencia en la forma de inmoralidad sexual?, como se verá más delante
para confirmar la Escritura y lo que Él mismo dijo en cuanto a que había
venido, no a abrógala, sino a cumplirla (Mateo 5:17)
Lo
segundo a considerar, en concordancia con la Escritura, es que el adulterio una
vez casados no daba pauta a otra sanción más que la pena de muerte (Levítico
20:10), como una confirmación de esto tenemos cuando a Jesús le llevan a la
mujer adúltera y señalan que la pena que está prescrita para ese caso es la de
muerte, no la de carta de repudio, sino la de muerte, a lo que Jesús concede
nomás señalando que ejercieran el castigo aquellos que estaban libres de pecado
(Juan 8:1-11).
Con
estas dos consideraciones deberá buscarse otro período de tiempo de la relación
que no sea una vez casados pero que implique aplicación de los principios aquí
expresados, siendo que ese otro período de tiempo era lo que en el pueblo de
Israel se conocía como la etapa del compromiso previa a la consumación del
matrimonio. Esa etapa iniciaba cuando los futuros esposos se comprometían
firmando un contrato en el que se establecía la fecha del casamiento, generalmente
doce meses después, siendo que desde el momento de los esponsales o compromiso
la novia era tratada como si realmente estuviera casada, tan ya se consideraban
esposos quienes así estaban que si en esa etapa había engendramiento de hijos
éstos se consideraban hijos legítimos (Diccionario Expositivo Vine). Mateo 1:18
ejemplifica esto cuando señala que “El nacimiento de Jesucristo fue así:
Estando desposada María su madre con José, antes que se juntasen, se halló que
había concebido del Espíritu Santo”. Así que aquí tenemos la prueba escritural
de que antes de que una pareja consumase el matrimonio ya se consideraban
esposos.
Es
en ese período de tiempo en que, por causa de fornicación, el compromiso podía
anularse sin mayores consecuencias. Pretender señalar que el matrimonio inicia
cuando los dos son una sola carne es no entender que lo dicho por Jesús al
respecto señalando “por esto el hombre dejará padre y madre, y se unirá a su
mujer, y los dos serán una sola carne” (Mateo 19:5) es un proceso, un proceso
que inicia cuando la pareja se compromete pero que se consuma definitivamente
cuando los dos son una sola carne. De hecho el señalamiento de Jesús de eso en
el contexto del repudio permitido es para establecer el límite hasta dónde el
mismo era permitido: hasta antes de que los dos fuesen una sola carne, después
ya no.
Ahora
bien, ¿en qué consistía esa carta de repudio? Deuteronomio 24:1 señala que
“cuando alguno tomare mujer y se casare con ella, si no le agradare por haber
hallado en ella alguna cosa indecente, le escribirá carta de divorcio, y se la
entregará en su mano, y la despedirá de su casa”, la lectura de la cita permite
vez lo amplísimo de la regla pues señala “si no le agradare por haber hallado
en ella alguna cosa indecente”, es decir, da pauta casi a esgrimir cualquier
argumento para repudiar a la mujer, pero ¿esto es así?, ¿por qué esta norma
quedó tan general?
Para
contestar esto debe considerarse primero Deuteronomio 22:13-30 que establecía
ciertas penalidades relativas a la pureza sexual: una mujer que no llegaba
virgen al matrimonio era apedreada, una mujer que estando comprometida tenía
relaciones sexuales era apedreada junto con el hombre, una mujer no
comprometida que era tomada por un hombre implicaba que el hombre pagaba una multa
y ambos se casaban. De esta forma había esta serie de acciones relativas a la
pureza sexual previas a la consumación del matrimonio que eran castigadas si se
incurría en ellas. Lo complicado de estas era el poder comprobar, tal cual
señalaba la Escritura, las condiciones requeridas para aplicar las sanciones,
sobre todo en el caso de la pena de muerte: ¿la mujer había perdido la
virginidad con otro hombre o físicamente así era su condición?, ¿había sido
tomada por la fuerza o con consentimiento?, ¿eran verdad los dichos por el
marido o había una causa ulterior que lo movía a señalar aquello? Estos actos
prohibidos estaban identificados y caracterizados, pero eran difíciles de
probar, de esta forma el marido podía quedar en una situación de no poder comprobar
sus dichos y quedarse con la mujer aunque ésta hubiese actuado mal. Aquí es
donde entra la carta de repudio.
Al
establecer la norma dada por Deuteronomio 24:1 de la causa de repudio por el
marido al haber hallado en ella alguna cosa indecente, se daba una salida al
marido para poder separarse de su mujer por cualquier causa indecente, que no
pudiese tipificarse o demostrarse correctamente según la Ley, pero que
permitiese a éste separarse de aquella. Es decir, si se podía comprobar alguna
falta tal cual señalaba Deuteronomio 22:13-30, la mujer recibía el castigo
señalado, pero si no era posible esto el marido tenía la salida de Deuteronomio
24:1 para repudiar a su mujer por alguna indecencia encontrada en ella. De esta
forma puede entenderse entonces por qué Jesús usó la palabra fornicación, de
tan amplia acepción, para referirse al único causal de repudio ¡porque estaba
confirmando la Ley tal cual Él mismo dijo en Mateo 5:17! De igual forma la
palabra fornicación que apunta a la indecencia en la forma de inmoralidad
sexual apunta a esa alguna cosa indecente que el marido pudiese hallar en su
esposa. De igual forma, una lectura detenida de Deuteronomio 24:1 señala el
plazo para tal carta de repudio: hasta una vez hechos una sola carne, esto es,
el plazo es hasta consumar el matrimonio, que es hasta dónde el marido tendría
para darse cuenta de alguna cosa indecente en su esposa, pero no meses o años
después —lo cual no sería ni entendible ni justificable— y mucho menos a causa
de adulterio que como se vio tenía claramente tipificada la pena.
Todo
esto permite entender la actitud de José al enterarse del embarazo de María: “Y
José su marido, como era justo, y no quisiese infamarla, quiso dejarla
secretamente” (Mateo 1:19), aquí la palabra clave es justo. José era justo. En
virtud de esa justicia él no tenía todos los elementos como para poder decir
que el embarazo se hubiese dado después del compromiso matrimonial, bien pudo
haber sido antes, a él no le constaba, de esta forma no podía aducir algunos de
los causales de la Escritura para apedrear a María pero sí podía aducir la
salida dada por Moisés en cuanto a la carta de divorcio repudiando a su esposa,
en la etapa previa al matrimonio, e invalidando así el contrato matrimonial,
pero una vez hechos ambos una sola carne, es decir, una vez consumado el
matrimonio, esta posibilidad queda descartada.
¿Hay
más citas que confirmen esto?, sí que las hay. Pablo escribiendo a los de
Corinto les dice de manera inspirada que
“a mujer está ligada mientras el marido vive; pero si el marido muere,
está en libertad de casarse con quien desee, sólo que en el Señor” (1 Corintios
7:39), de igual forma escribiendo a los Romanos les dice “porque la mujer
casada está sujeta por la ley al marido mientras éste vive; pero si el marido
muere, ella queda libre de la ley del marido. Así que, si en vida del marido se
uniere a otro varón, será llamada adúltera; pero si su marido muriere, es libre
de esa ley, de tal manera que si se uniere a otro marido, no será adúltera”
(Romanos 7:2-3). De nueva cuenta: toda Escritura es inspirada por Dios (2
Timoteo 3:16), siendo así que en estas cita no se dice que si el marido muere o
si la esposa se divorcia porque él le fue adúltero la mujer puede volver a
casarse, la única opción que el Espíritu inspiró a Pablo para considerar la posibilidad
de volver a casarse es la muerte de uno de los cónyuges.
Ahora
bien, esto no quiere decir que los esposos en la actualidad no puedan
separarse, claro que pueden si la convivencia es imposible: “Sin embargo, si el
que no es creyente se separa, que se separe; en tales casos el hermano o la
hermana no están obligados, sino que Dios nos ha llamado para vivir en paz” (1
Corintios 7:15) el problema es considerar lo dicho por Jesús en Mateo 19:9 en
el sentido de que si uno de los cónyuges comete adulterio el otro puede
divorciarse y volver a casarse, lo cual contraviene todo lo comentado con base
en la Escritura hasta este punto.
“¡Ah!
—alguien podría decir—, ya encontré el error en este razonamiento: Dios en el
Antiguo Testamento claramente dijo que se había divorciado de Israel por sus
múltiples infidelidades, luego entonces el divorcio sí puede darse una vez que
se ha consumado el matrimonio”. Veamos eso. En Jeremías 3:6-11 y 31:31-33 se
menciona o concerniente al repudio que Dios, como esposo de Israel, hizo con SU
pueblo. En efecto, aquí Dios señala que Él fue un marido para Su pueblo y que a
causa de sus infidelidades le dio carta de repudio, ahora bien, ¿ese tiempo,
era el previo a la consumación del matrimonio o una vez consumado éste? Veamos:
¿en qué parte de la Escritura se hablan de bodas celestiales? ¡en Revelación!,
así es: no es sino hasta el final de la historia humana en que el matrimonio de
Dios con Su pueblo se consuma siendo que el tiempo previo fue el del
compromiso, compromiso que Israel no cumplió y por lo cual fue repudiado, esto
es confirmado por Oseas cuando proféticamente se señala por parte de Dios para
un tiempo futuro referido a Israel, “y
te desposaré conmigo para siempre; te desposaré conmigo en justicia, juicio,
benignidad y misericordia. Y te desposaré conmigo en fidelidad, y conocerás a
Jehová” (Oseas 2:19-20, leer capítulo 1 así como todo el capítulo
2 para contexto de la profecía). De hecho lo hasta aquí explicado con base en
la Palabra tiene su símil en la interacción de Dios con su Pueblo: en la etapa
de compromiso puede haber repudio (Proverbios 3:12; Hebreos 12:6) pero una vez
que se consumen las bodas del cordero esto no es posible (Jeremías 31:12;
Revelación 21:4), aceptar el divorcio por adulterio entre los cónyuges una vez
hechos una sola carne con la posibilidad de casarse trastoca la sombra del
matrimonio que apunta a aquella realidad de la relación de Dios con su Pueblo.
Los
cristianos sabemos no estamos bajo las leyes mosaicas, pero aquellas impurezas,
incluso las que en aquel entonces tenían penas claramente tipificadas, pueden
englobarse como fornicación, siendo que según lo dicho por Jesús en Mateo 19:9,
todo aquello si se da previo a la consumación del matrimonio, puede dar pauta a
la ruptura del compromiso, pero una vez consumado el matrimonio no hay causal
alguno para la invalidación del mismo mucho menos para que el cónyuge
divorciado pueda volver a casarse.
Pero
más allá de toda esta evidencia escritural referida a la postura que aquí se ha
esgrimido, sabiendo de la dureza del corazón de muchos que seguirán
interpretando Mateo 19:9 en el sentido de que si alguno de los cónyuges cometió
adulterio el otro cónyuge el libre de divorciarse y volver a casarse, se lanza
aquí el reto de que demuestre que esa interpretación era común a lo largo de
los 2,000 años de historia de la iglesia.
Si
así pensaba la iglesia original, única razón que uno tendría para aceptar ese
razonamiento, es natural que la iglesia subsecuente durante sus 2,000 años,
pensaría de la misma forma, por lo que no habrá problema en encontrar en esos
2,000 años evidencia de que el divorcio se permitía en la iglesia de Dios por
causa de adulterio así como los posteriores nuevos esponsales, pero ¿saben?,
¡no hay tal evidencia, ni siquiera en época reciente, salvo, como ya se
comentó, cuando civilmente el divorcio fue aceptado por la sociedad. De nuevo:
quien esgrima argumento contrario está obligado a demostrarlo no solo
escrituralmente sino también históricamente, después de todo se tienen 2,000
años de historia para ello.
Pero
esos que en la actualidad propugnan porque Mateo 19:9 permite el divorcio en
caso de adulterio se encuentran en un dilema, ¿por qué?, porque el divorcio que
están aceptando es el civil, siendo que para efectos religiosos debería ser la
iglesia de Dios quien tuviera un procedimiento para ello, pero ¿qué creen?, ¡no
hay tal procedimiento!, así es: no hay tal procedimiento, y esto lo puede
comprobar cualquiera yendo con el pastor al frente de la congregación y preguntándole
los pasos que hay que dar en la congregación para que su matrimonio sea
disuelto por causa de adulterio de la otra persona solo para darse cuenta de
que ¡no hay procedimiento alguno en la iglesia de Dios para ello!, lo único que
están haciendo algunos es que aceptan el divorcio civil —la hacen caso a las
autoridades del mundo— y aceptan la palabra del cónyuge que señala que se
divorció por esa causa, ¿se parece esto siquiera remotamente a la manera en que
la iglesia primitiva resolvía su cuestiones?
Solo
lo del divorcio civil, que al parecer es el que tiene peso en algunas
congregaciones, sería bueno recordar lo que Pablo señalaba en el sentido de que
las cuestiones que atañesen a la congregación se resolviesen al interior de
éstas, no en los juzgados del mundo.
1
Corintio 6
1 ¿Osa alguno de vosotros, cuando tiene
algo contra otro, ir a juicio delante de los injustos, y no delante de los
santos?
2 ¿O no sabéis que los santos han de
juzgar al mundo? Y si el mundo ha de ser juzgado por vosotros, ¿sois indignos
de juzgar cosas muy pequeñas?
3 ¿O no sabéis que hemos de juzgar a los
ángeles? ¿Cuánto más las cosas de esta vida?
4 Si, pues, tenéis juicios sobre cosas de
esta vida, ¿ponéis para juzgar a los que son de menor estima en la iglesia?
5 Para avergonzaros lo digo. ¿Pues qué,
no hay entre vosotros sabio, ni aun uno, que pueda juzgar entre sus hermanos,
6 sino que el hermano con el hermano
pleitea en juicio, y esto ante los incrédulos?
7 Así que, por cierto es ya una falta en
vosotros que tengáis pleitos entre vosotros mismos. ¿Por qué no sufrís más bien
el agravio? ¿Por qué no sufrís más bien el ser defraudados?
8 Pero vosotros cometéis el agravio, y
defraudáis, y esto a los hermanos.
9 ¿No sabéis que los injustos no
heredarán el reino de Dios? No erréis; ni los fornicarios, ni los idólatras, ni
los adúlteros, ni los afeminados, ni los que se echan con varones,
10 ni los ladrones, ni los avaros, ni los
borrachos, ni los maldicientes, ni los estafadores, heredarán el reino de Dios.
11 Y esto erais algunos; mas ya habéis
sido lavados, ya habéis sido santificados, ya habéis sido justificados en el
nombre del Señor Jesús, y por el Espíritu de nuestro Dios.
Y
en cuanto a creer en el cónyuge que señala a la congregación que se divorció
por causa de adulterio, ¿esa es la manera escritural de dar por hecho algo en
la iglesia o más bien “en la boca de dos o de tres testigos consistirá toda
palabra” (Números 35:30; Deuteronomio 19:15;Mateo 18:16: 2 Corintios 13:1).
Así
que en muchas congregaciones de la iglesia de Dios se está aceptando la
disolución civil del matrimonio según esto por causa de adulterio, sin
corroborar si esto fue así o no, máxime que en la actualidad, con el divorcio
por común acuerdo ni siquiera es necesario demostrar esto con lo que los dichos
de unos de los cónyuges a la congregación es más que suficiente para que se
acepte así, ¡que absurdo tan ilógico humanamente hablando y tan antiescritural
divinamente hablando!.
La
iglesia de Dios debe estar muy alerta en estos últimos tiempos pues, como
señala la misma Escritura, los embates contra la misma serán de tal magnitud
que muchos se perderán (Jeremías 23:1-4; Isaías 5:20; Mateo 24:10-12; 25:1-13;
Revelación 11:7-9; Mateo 24:37; Génesis 7:4, 10-13), de esta forma nuestro
andar hacia las promesas debe guiarse por la Palabra y el correcto
entendimiento de la verdad contenida en la iglesia de Dios en la manera de sus
principios doctrinales. Que el Espíritu de Dios que mora en nosotros nos
ilumine y fortalezca para permanecer fieles hasta el final y ser considerados
dignos de estar en pie ante el regreso del Hijo del hombre (Lucas 21:36).
Como
ya se comentó, a partir de que las sociedades comenzaron a incorporar en sus
legislaciones el divorcio civil, comenzó a darse una presión sobre las iglesias
para que éstas lo aceptaran. La mayoría de las iglesias, denominaciones o
congregaciones, interpretando Mateo 19:9 en el sentido de que en caso de
adulterio el cónyuge es libre de separarse y de volver a casarse han permitido
esto entre sus fieles. Curiosamente, asombrosamente, la Iglesia Católica es la
que ha mantenido una postura más contundente al respecto pues ella no acepta en
ningún caso del divorcio, pero si contempla en su derecho canónigo la nulidad
matrimonial.
El
divorcio se diferencia de la nulidad matrimonial en que el primero es la
disolución del vínculo válidamente contraído mientras que la nulidad es la
declaración de con efectos retroactivos de que nunca hubo matrimonio. La
nulidad matrimonial civil viene regulada, cualquiera que sea la forma de su
celebración, en la normativa propia de los diversos países. En el caso de la
nulidad eclesiástica son muchas otras las causas que pueden hacer nulo el
matrimonio ante la Iglesia católica, como la inmadurez, el engaño deliberado, las
adicciones u otros trastornos o por excluir alguna propiedad esencial del
matrimonio.
De
ahí en fuera el grueso de las iglesias, denominaciones o congregaciones
permiten el divorcio y re-matrimonio en caso de adulterio de alguno de los
cónyuges.
Así
que resumiendo podemos ver cómo es que la cuestión del divorcio no es una
doctrina que guarde coherencia con el grueso de la Escritura, tampoco la misma
fue enseñada por Jesús o Sus apóstoles, ni formó parte del canon doctrinal de
la iglesia primitiva sino que vino a ser incorporada, tanto en la vida civil
como en la vida religiosa, mucho tiempo después.
En
conclusión, y para cerrar, veamos las preguntas que desde un principio se establecieron
para cada dinámica social: ¿Está en la Biblia? No, ¿Jesús y Sus apóstoles lo
enseñaron? No, ¿la verdadera iglesia de Dios en sus inicios lo observó? No, ¿tiene
raíces paganas? Si, ¿incorpora elementos religiosos paganos? si, ¿Forma parte
de la corriente del mundo? Si. El que tenga oídos para oír que oiga.
El mandamiento contemplado en las leyes mosaicas de que el matrimonio debe ser gobernado por la ley , sigue vigente, naturalmente entendido como la relación exclusiva de hombre y mujer que permite intimidad y gozo así como el continuar la especia humana, así como de manera espiritual referido al sacrificio redentor de Jesús el cual ha dado vida eterna a su esposa, la iglesia, conformada por todos los elegidos que respondiendo al llamamiento del Padre hemos venido a salvación en el presente siglo.
[1] SEPARACIÓN PAGANA, https://aminoapps.com/c/pagans-amino/page/blog/separacion-pagana/ERkw_xMNTPuxXravpYV4X1675bNBZBXx0wE
[2] De patrimonio era innecesario casarse y
si se era, https://www.coursehero.com/file/p6plskj9/de-patrimonio-era-innecesario-casarse-y-si-se-era-esclavo-imposible-reci%C3%A9n-a/
[3] El Código Napoleónico, https://www.lacrisisdelahistoria.com/codigo-napoleonico/

Comentarios
Publicar un comentario