115. Si el hombre declara un animal inmundo como donación al templo debe dar el valor del animal en dinero, fijado por el sacerdote (Lv. 27:11,12)
“Si fuere algún animal inmundo, de que no se ofrece ofrenda a Jehová, entonces el animal será puesto delante del sacerdote, y el sacerdote lo valorará, sea bueno o sea malo; conforme a la estimación del sacerdote, así será” Como parte el pacto que Dios había establecido con su pueblo se había estipulado el que todos los primogénitos eran de Jehová (Éxodo 13:11-12), en el caso de los primogénitos de los animales aptos para el sacrificio éstos irrevocablemente debían ser sacrificados a Dios, en el caso de los primogénitos humanos, dado que Dios no acepta sacrificios humanos, éstos debían ser redimidos, igual suerte corrían los primogénitos de los animales inmundos, al ser éstos de Dios pero al mismo tiempo no poderse ofrecer por no ser aptos para sacrificio alguno se redimían, es decir, se pagaba su estimación con dinero lo cual equivalía a que se hubiesen entregado para Dios (Números 18:15-16) Algo parecido sucedía con aquella persona que quería ofrecer para el servi...